19 de Abril
de 2024
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Fuerte derrota judicial para Vidal: la justicia anuló la reglamentación de la ley de paritarias municipales bonaerense

03. 07. 2018

La Corte Suprema bonaerense hizo lugar a la cautelar presentada por la FesiMuBo y desestimó una veintena de artículos de un decreto que Vidal firmó en 2016 para reglamentar la ley 14.656, que regula la actividad laboral de los trabajadores de las comunas. Ahora, deberá definir si es constitucional en su totalidad. La dirigencia sindical calificó el hecho como “un triunfo”.

Diego Lanese / Especial para Gestión Sindical

Con acuerdo de mayoría, la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Buenos Aires hizo lugar a una cautelar presentada por la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FeSiMuBo) en 2016, y declaró inconstitucional el decreto que reglamenta la ley 14.656, popularmente conocida como “ley de paritarias municipales”. El fallo anula la mayoría de los 25 artículos del texto firmado hace dos años por la gobernadora María Eugenia Vidal, que modificaba algunos aspectos centrales de la norma, y que la dirigencia sindical de esa federación consideró negativo. En su acordada, el máximo tribunal consideró “verosímil” el pedido de la FeSiMuBo, y ahora deberá fallar en la cuestión de fondo, que es el pedido de “plena vigencia” de la normativa.

La dirigencia festejó lo sucedido, y ahora le reclamó a los intendentes que terminen de adaptarse a los requerimientos, que incluyen el blanqueo del personal, la estabilidad laboral y la creación de un Convenio Colectivo de Trabajo. Aseguran que el fallo judicial tendrá “implicaciones políticas”.

Con acuerdo de mayoría, la acordada de la Corte Suprema de Justicia bonaerense se conoció el jueves pasado, luego de dos años de reclamos. En la misma, a la que tuvo acceso Gestión Sindical, se consideró “verosímil” el planteo de FeSiMuBo, el gremio que impulsó la norma 14.656 y sostuvo que el decreto de Vidal “violaba el espíritu de la ley”.

El gremio que conduce Rubén “Cholo” García sostuvo en su presentación que la reglamentación excede la potestad del Ejecutivo, por cuanto modifican el espíritu de la ley aprobada por la Legislatura. En sus consideraciones, los jueces indicaron que “los preceptos legales alcanzados por el decreto objetado refieren a componentes propios del poder normativo municipal, o bien el cometido de las negociaciones colectivas”. Además, señalaron que la disposición “exhibe prima facie una inviabilidad constitucional que las priva de la presunción de validez”, toda vez que exhibe un “exceso reglamentario” que “puede condicionar o afectar de modo no autorizado el poder de negociación colectiva de las entidades gremiales”.

El decreto 784 fue firmado en 2016 por la gobernadora Vidal, y reglamentó la ley de paritarias municipales. En su momento fue cuestionado por varios aspectos, entre ellos porque extendía el tiempo en que los intendentes debían cumplir con los requisitos de la nueva normativa. Además, en su articulado disponía la forma en que se debía discutir el convenio laboral, y la forma de garantizar la estabilidad salarial. En cuanto a lo salarial, el decreto establecía que “el salario mínimo vital y móvil corresponderá a una jornada completa de ocho horas diarias o 48 semanales”, precisando que “el municipio en función de los distintos regímenes horarios podrá establecer proporcionales al mismo”. Sin embargo, el fallo de la Corte conocido en estos días rechaza esto, y aclara que “el salario sólo podrá ser adecuado a la jornada laboral del municipio”.

Desde FeSiMuBo recibieron con satisfacción la noticia. “Es un triunfo, que traerá consecuencias trascendentes para las condiciones laborales de los miles de municipales, además de consecuencias políticas”, remarcaron fuentes de la federación, ante la consulta de Gestión Sindical. Las mismas fuentes aseguran que la anulación del decreto “suspende cualquier aplicación” pero remarcaron que la ley “está en plena vigencia”. En su cautelar, la FeSiMuBo pedía que se anule en su totalidad el decreto. Ahora, el máximo tribunal deberá fallar sobre el fondo e la cuestión: la constitucionalidad de todo el decreto firmado por Vidal.

La ley se aprobó en noviembre de 2014, y fue impulsada por el gremio que comanda García, que en la década del 90 creó la federación en desacuerdo con la vieja dirigencia municipal de la provincia de Buenos Aires. Cuando fue diputado bonaerense (2009-2013), García presentó un proyecto que nunca contó con el aval del oficialismo, por presiones de los intendentes. Pero la iniciativa volvió al parlamento, de la mano del dirigente Hernán Doval. Finalmente el entonces gobernador Daniel Scioli le dio el visto bueno, y se aprobó.

Con la llegada de Cambiemos a la gobernación, se mantuvo la norma, pero se intentó modificar algunos aspectos, a través de la reglamentación, que en estos días deberá ser revisada. Por el momento, poco más de 40 de las 135 comunas de la provincia de Buenos Aires adhirieron a la nueva ley, a través de la firma de un Convenio Colectivo de Trabajo. Desde FeSiMuBo aclararon que esos acuerdos “están vigentes, son legales”, y que una de las situaciones que piden ahora es “ser convocados a dialogar sobre la realidad de los municipales”. La ley establece crear un consejo que fija un piso salarial para todas las comunas, algo que hasta el momento no se concretó.

Uno de los temas centrales de la cuestión es la estabilidad de los municipales, que hasta el momento pasan años con contratos renovables, sin pasar a planta permanente. La nueva ley fija un porcentaje máximo de empleados en esa situación, y un plazo de 12 meses para ser efectivizados. Pero los plazos que se fueron dando a los intendentes permitieron evitar esto. Ahora, con la plena vigencia de la ley y el decreto anulado, la FeSiMuBo cree que se podrá avanzar en su cumplimiento.

El porcentaje de los contratados, pasantes y otro tipo de relación de dependencia irregular es muy alto en la provincia de Buenos Aires y el país. Incluso, muchos trabajadores deben facturar o cobran cifras en negro. Un trabajo realizado por la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (ADPRA) estableció que la mitad de los municipales está en planta permanente, y la mitad no. Esta entidad está planteando que haya “un blanqueo, un pase a planta permanente y una equiparación salarial” para corregir la situación de estos empleados. Para eso, piden una ley nacional, que regule la situación.

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