11 de Octubre
de 2024
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Cuarto revés judicial para el DNU de Milei: ahora salió un fallo a favor de los Viajantes de Comercio

08. 01. 2024

Se suma a las cautelares que consiguieron la CGT y la CTA contra el DNU de Milei. Y al fallo que desarmó la estrategia del Gobierno de para inluir todos los reclamos en una única causa.

El DNU de Javier Milei sufrió este lunes su cuarto revés judicial, luego de que el Juzgado Nacional de 1era Instancia fallara a favor de la Federación Única de Viajantes de Comercio de la Argentina (FUVA), que había presentado un recurso de amparo para que se declarara inconstitucional el capítulo laboral del decreto 70/2023.

Este amparo aceptado se suma a lo que ya habían conseguido la CGT y la CTA, también en lo concerniente a la reforma laboral.

Además, el juez en lo contencioso administrativo Enrique Lavié Pico también había actuado contra el DNU, al determinar que la Justicia del Trabajo, más cercana al sindicalismo, sea la que tramite el amparo que presentó la central obrera, a contramano de lo que pretendía el Gobierno.

El peor golpe para el DNU de Milei

Las decisiones de Lavié Pico, inlcuso, abrieron la puerta a nuevos reveses en el plan judicial. También habilitó la feria de enero para tramitar los amparos que reclaman la inconstitucionalidad de todo el decreto. Y, en otro fuerte revés para el Gobierno, desarmó la causa que agrupaba varios reclamos y a la que apostaba el Ejecutivo.

Milei dijo que no negociará sus ideas de Gobierno, pero la Justicia lo está rodeando.
Milei dijo el último fin de semana que no negociará sus ideas de Gobierno.

El amparo de la FUVA era para que se declarara la invalidez constitucional del Título IV, referente al Trabajo, y, en particular, el artículo 90 que deroga la ley 14.546, que actualmente regula la actividad del viajante comercial. 

Entre sus argumentos, la Federación planteó que el DNU «viola el principio básico de división de poderes y produce modificaciones desfavorables y permanentes de los derechos de los trabajadores y las organizaciones sindicales que los representan».

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Por su parte, y en sus considerandos, la jueza laboral Silvia Garzini evaluó que «se encuentran reunidos los presupuestos exigidos por la norma jerárquica transcripta para acceder a la viabilidad formal de la presente acción”. 

Por lo tanto resolvió hacer lugar a la medida cautelar y, en consecuencia, suspender preventivamente la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV -Trabajo- del DNU 70/2023, «título que incluye la derogación de la ley 14.546, en cuanto afecta a los trabajadores representados por la entidad gremial requirente, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presente actuaciones».

Hay otro amparo en suspenso

De esta forma, el decreto presidencial va sumando cada vez más contratiempos en la Justicia, los cuales erstarían lejos de ser los únicos, ya a fines de la semana pasada las agencias de viajes y turismo también hicieron una presentación para pedir la inconstitucionalidad.

La Federación Argentina de Asociaciones de Empresas de Viajes y Turismo (Faevyt), que representa a todas las agencias de viajes argentinas, presentó un amparo mediante el cual solicita que la justicia declare la inconstitucionalidad del DNU en el punto en el cual pretende derogar el régimen general de los agentes de viajes (Ley 18.829).

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«Es fundamental resaltar que eso impacta directamente sobre los derechos adquiridos por las empresas de viajes y turismo que, cumpliendo con esta ley, brindan seguridad a los pasajeros y estabilidad al sector», dijo el presidente de la entidad, Andrés Deyá. 

Este caso todavía no tiene una resolución de la Justicia, aunque los antecedentes, claro está, no juegan a favor de Milei, quien no obstante en sus últimas declaraciones dejó en claro que no acepta negociar sus ideas de Gobierno.

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