11 de Octubre
de 2024
Actualidad.

El DNU de Milei suma otro duro revés en la Justicia y esta vez no es del fuero laboral: amparo colectivo… afuera !

04. 01. 2024

Un juez en lo contencioso administrativo decidió que el recurso de la CGT siga en la Justicia del Trabajo y además desarmó la causa que agrupaba varios reclamos y a la que apostaba el Gobierno.

En lo que puede ser el inicio del camino para que se declare institucional, el DNU de Milei sumó otro duro revés judicial, y esta vez no provino del fuero laboral: el juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico determinó que la Justicia del Trabajo, más cercana al sindicalismo, sea la que tramite el amparo que presentó la CGT, a contramano de lo que pretende el Gobierno.

En la Casa Rosada apostaban a lograr que el expediente pasara al fuero Contencioso Administrativo Federal, que está bajo la órbita del Procurador del Tesoro Rodolfo Barra, es decir, un funcionario del propio Poder Ejecutivo.

Además, Lavié Pico habilitó la feria judicial de enero para tramitar los amparos que reclaman la inconstitucionalidad de todo el decreto de necesidad y urgencia que dictó Milei, y no sólo las reformas laborales que ya fueron suspendidas en dos medidas cautelares.

Amparo colectivo… ¡afuera!

Otro punto muy importante, y que es un fuerte revés para el Gobierno, es que el juez también desarmó el amparo colectivo que inició el Observatorio del Derecho a la Ciudad, del economista Claudio Lozano y otros dirigentes de la CTA, en el que se agrupaban las distintas demandas contra el DNU de Milei, y entendió que cada expediente debe tramitarse por separado, por lo que sin dudas se abren más posibilidades de que sea declarado inconstitucional.

El Gobierno quería que el expediente pasara al fuero Contencioso Administrativo Federal, bajo la órbita del Procurador del Tesoro Rodolfo Barra.
El Gobierno quería que el caso fuera a lo Contencioso Administrativo Federal, bajo la órbita Rodolfo Barra.

Ahora el Ejecutivo puede apelar para que esa decisión sea revisada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, algo que seguramente sucederá.

Hoy mismo, horas antes de este fallo, el portavoz presidencial, Manuel Adorni, había anunciado que el Gobierno apelará en la Corte Suprema de Justicia el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en contra de las reformas en materia laboral incluidas en el DNU. La estrategia era, justamente, que todas las presentaciones fueran a la causa colectiva en el fuero contencioso administrativo, mucho más «amigo» que del Trabajo.

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Respecto al desarmado del amparo colectivo, Lavié Pico justificó su decisión «en atención a que no se encuentra definido de manera clara el colectivo involucrado, debido a la generalidad de la representación invocada por la Asociación actora y al carácter difuso de la presentación efectuada en la presente causa».

Para el juez, dentro del colectivo de personas que el Observatorio del Derecho a la Ciudad dice representar «podrían existir personas que no se hayan visto alcanzadas por la normativa atacada, o que el nivel de afectación resulte diferente en cada situación».

El DNU de Milei afecta todas las áreas

Además, el juez analizó que el DNU trata sobre temáticas muy diversas: Farmacias, Hidrocarburos, Turismo, Energía Eléctrica, Código Civil y Comercial, Registro Automotor, Trabajo, Salud, Comercio Exterior, Reforma del Estado, Código Aeronáutico, entre otras, y dentro de ellas aspectos particulares. 

Por eso deberán «examinarse de manera independiente y en relación a cada materia -en concreto- ante los diferentes tribunales en su competencia específica, ya que las decisiones sobre su aplicación y/o validez podrían ser diferentes en cada supuesto y en cada jurisdicción».

El mismo criterio tuvo la Cámara del Trabajo cuando dictó las medidas cautelares a favor de la CGT y la CTA que dejaron en suspenso las reformas laborales del DNU. El tribunal consideró que es el fuero específico para analizarlas y rechazó el traspaso al contencioso administrativo que pidió un fiscal.

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Ahora, con la decisión de Lavié Pico, habrá distintos amparos. Muchos ya habían sido enviados para incorporarse al reclamo colectivo y ahora volverán a sus tribunales de origen. Por ejemplo, tendrán un trámite individual las demandas que iniciaron los abogados Jorge Rizzo, actual integrante de la Magistratura, y Andrés Gil Domínguez, reconocido constitucionalista.

El Gobierno, en tanto, había pedido la habilitación de la feria para avanzar en su planteo de que todas las causas contra el DNU pasen a ese expediente colectivo. 

El juez lo aceptó pero no avanzó sobre el fondo del reclamo, que lo declaró «inoficioso» porque ya no se tramita el amparo colectivo.

La decisión puede ser revisada pero eso llevará tiempo y mientras tanto las medidas cautelares contra las reformas laborales seguirán vigentes.

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