07 de Octubre
de 2024
Actualidad.

Nuevo fallo contra la reforma laboral del DNU de Milei ante los «graves riesgos de violencia inusitada»

04. 01. 2024

Ese fue el fundamento de la Cámara del Trabajo para aceptar ahora el planteo de la CTA de Hugo Yasky. El miércoles había hecho lugar al recurso de la CGT.

La Cámara del Trabajo dictó este jueves una nueva medida cautelar contra las reformas laborales del DNU de Javier Milei, al aceptar el planteo de la CTA, tal como lo había hecho ayer con la presentación de la CGT. 

Más allá de la noticia, resulta relevante que los jueces, para justificar la decisión, hablaron de «los graves riesgos de que el conflicto social -ya avizorado en los últimos días del año 2023- se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada».

La resolución firmada por Andrea García Vior y Alejandro Sudera, quienes son los magistrados de feria en la Cámara del Trabajo, dispone «la suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 (B.O. 21/12/2023) en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 53 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo».

El Gobierno también apelaría este fallo

Así. el capítulo de reformas laborales del decreto suma su segundo fallo en contra, mientras el Gobierno nacional busca que el expediente pase al fuero Contencioso Administrativo Federal (donde tramita un amparo colectivo contra el DNU), que está bajo la órbita del Procurador del Tesoro Rodolfo Barra, es decir, un funcionario del propio Ejecutivo.

El Gobierno busca que el expediente sobre el DNU de Milei pase a un fuero "amigo".
El Gobierno busca que el expediente sobre el DNU de Milei pase al fuero contencioso administrativo.

La idea del Gobierno es que todas las causas contra el DNU pasen a ese expediente colectivo, porque allí se analiza el DNU completo y no sólo la parte laboral, que quedaría incluida en ese análisis.

El Ejecutivo anunció ayer que apelará el fallo a favor de la CGT, por lo cual se descarta que ahora tomará la misma vía respecto de la causa de la CTA.

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El amparo de la CTA fue presentado a través de su titular y diputado nacional, Hugo Yasky, con el objetivo de que se declare la inconstitucionalidad del DNU y se suspendan sus efectos mientras se analiza la causa. En primera instancia la cautelar fue rechazada, y la CTA apeló.

Ahora, la Cámara del Trabajo primero aceptó la competencia y rechazó enviar la causa al amparo colectivo que tramita en el fuero contencioso, y luegosus integrantes entendieron que, en este caso, además se deban los requisitos que la ley de medidas cautelares establece para dictar una medida como la que tomaron.

Esto es, que «el cumplimiento o la ejecución del acto o de la norma, ocasionará perjuicios graves de imposible reparación ulterior; la verosimilitud del derecho invocado; la verosimilitud de la ilegitimidad, por existir indicios serios y graves al respecto; la no afectación del interés público y que la suspensión judicial de los efectos o de la norma no produzca efectos jurídicos o materiales irreversibles».

Por eso los camaristas concluyeron que «en el presente y tal como emerge de los considerandos precedentes, todos los recaudos antes referidos deben entenderse prima facie reunidos, por lo que corresponde hacer lugar a la suspensión de los efectos del DNU 7/2023 en lo que hace a las regulaciones contenidas en su título IV TRABAJO (arts. 53 a 97) hasta tanto se dicte resolución definitiva».

La Justicia y el «peligro» del DNU de Milei

El tribunal también destacó el peligro en demorar una resolución, haciendo referencia al paro nacional convocado para el 24 de enero y a que la Corte Suprema de Justicia postergó hasta febrero, cuando regrese la actividad judicial, el análisis del planteo que el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, presentó contra el DNU.

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«Hecha pública la convocatoria a un paro general por las centrales obreras para el día 24 de enero en curso, y habiendo dispuesto la CSJN no dar tratamiento inmediato al proceso originario habilitado ante su sede con motivo del DNU cuestionado, el peligro en la demora es aún mayor», explicaron los camaristas del fuero laboral.

Y concluyeron que esa situación se da «teniendo en cuenta las importantes modificaciones introducidas por el DNU a las leyes 25.877, 23.551 y 14250 y los graves riesgos de que el conflicto social -ya avizorado en los últimos días del año 2023- se acreciente y/o derive en hechos de violencia inusitada».

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