26 de Julio
de 2024
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Jubilaciones: cómo es el proyecto que aprobó Diputados y qué debe pasar para que Milei no pueda vetarlo

05. 06. 2024

Con acuerdo entre la UCR y el peronismo, el proyecto que modifica la fórmula de ajuste de jubilaciones alcanzó los dos tercios de los votos en la Cámara Baja.

La Cámara de Diputados le dio este martes una contundente media sanción a un proyecto de ley para modificar el sistema automático de jubilaciones y pensiones de la ANSeS, mejorando el que Javier Milei había implementado por DNU y que cristalizaba una baja en los haberes.

El proyecto que se aprobó fue presentado por la Unión Cívica Radical y la coalición Hacemos de Miguel Ángel Pichetto, y consensuado por toda la oposición con algunas modificaciones solicitadas por el bloque de Unión por la Patria. Tuvo 160 votos afirmativos y 72 negativos, es decir que la aprobación superó los dos tercios de los diputados presentes.

En caso de lograr la votación afirmativa en el Senado, la ley establecería tres modificaciones sustanciales en la fórmula para calcular las jubilaciones que ya votó la Cámara Baja.

Qué cambiaría en el cálculo de jubilaciones

En primer lugar, se dispuso que el haber mínimo pase a ser equivalente al 109% de la Canasta Básica Total de un adulto. De este modo, un jubilado que cobra la mínima, que actualmente está en $206.931,10 pasaría a cobrar $285.000. 

Este punto podría ser “neutralizado” por el Gobierno -empeñado en mantener los valores actuales- al principio, ya que la mínima es complementada todos los meses por un bono que hoy es de $70.000 y el Ejecutivo mantiene congelado. 

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Como este bono se otorga de manera discrecional, con solo reducirlo o eliminarlo, el Gobierno podría compensar el aumento en la fórmula. No obstante, el incremento impactaría de todas formas en el aguinaldo, y además, a futuro, a medida que la inflación siga haciendo crecer el valor de la Canasta Básica Total, llevaría la mínima hacia arriba, con o sin bono.

La segunda novedad es la aplicación de un 8,1% de aumento adicional al 12,5% de recomposición que otorgó el Gobierno al aplicar por primera vez la fórmula del DNU. De este modo se empataría la inflación acumulada durante la gestión de Javier Milei.

jubilaciones, Martín Menem
Un atribulado Martín Menem. El oficialismo sufrió una derrota en Diputados por las jubilaciones.

¿Por qué es así? Es que el DNU de Milei, al establecer que las jubilaciones pasarían a ajustarse todos los meses por inflación, se salteó la inflación de enero y para “compensarla”, dispuso un incremento adicional del 12,5%. Pero la inflación de enero había alcanzado el 20,6%. Para ahora sí compensar esa diferencia es que el proyecto votado por la oposición agrega ese 8,1%.

Las jubilaciones podrían mejorar

Por último, entre los aspectos fundamentales del proyecto aprobado en Diputados, se suma la posibilidad de un aumento anual adicional en el caso de que los salarios le ganen a la inflación.

Esto no estaba previsto en el DNU de Milei, que al ajustar solo -y para siempre- por inflación congelaba el poder adquisitivo de las jubilaciones aun si la economía mejorara, como el propio Gobierno asegura que sucederá.

Según el proyecto consensuado entre la UCR, Hacemos y Unión por la Patria (los diputados de la Izquierda se abstuvieron en la votación), en marzo de cada año se calculará si el índice RIPTE (de variación salarial) superó la inflación del año anterior y en ese caso, se reconocerá un aumento equivalente al 50% de la diferencia entre RIPTE e inflación.

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Por ejemplo: si a lo largo del año la inflación es del 80% y los salarios aumentan un 100%, se les dará a los jubilados un aumento extra del 10% (la mitad de la diferencia entre RIPTE e inflación).

¿Cómo se podría bloquear el veto de Milei?

Apenas un rato después de que la Cámara de Diputados aprobó los cambios en la fórmula para calcular las jubilaciones, el presidente Javier Milei salió al cruce a través de un mensaje publicado en la red social X junto con uno de los habituales dibujitos realizados con inteligencia artificial que suelen acompañar sus posteos.

“Defenderé la caja a veto puro si es necesario”, expresó, junto al retrato de un león, que vendría a ser él, defendiendo una caja con billetes del acoso de ratas que, en el dibujo, representarían -no queda claro- a los jubilados o a los legisladores de la oposición.

Más allá del anuncio presidencial, el resultado de la votación en la Cámara Baja siginificó un primer paso en el camino hacia el objetivo opositor de impedir el veto presidencial. 

El proyecto aprobado con media sanción obtuvo 160 votos afirmativos contra 72 negativos y 8 abstenciones, es decir que obtuvo los dos tercios de los votos.

Si en el Senado consiguiera la misma proporción, en principio quedaría firme, sin posibilidad de que Milei lo vetara. Esto parece, a priori, perfectamente posible, ya que los espacios políticos que votaron a favor en Diputados superan largamente las 48 bancas que representan los dos tiempos de la Cámara de Senadores.

Qué dice la Constitución

Una cuestión a tener en cuenta: aun si se llegara a los dos tercios en ambas cámaras, podría haber una chance de que el Presidente impusiera su veto.

Esto es porque la Constitución Nacional, en su artículo 83, dice que un proyecto vetado por el Ejecutivo debe volver a la cámara de orígen (en este caso, Diputados). “Esta lo discute de nuevo, y si lo confirma por mayoría de dos tercios de votos, pasa otra vez a la cámara de revisión. Si ambas cámaras lo sancionan por igual mayoría, el proyecto es ley” y pierde valor el veto, según indica el artículo.

Sin embargo, la Constitución no dice que un proyecto ya votado originalmente con los dos tercios no pueda ser vetado por el Presidente. Podría interpretarse que el proyecto debe volver a ser votado con los dos tercios de ambas cámaras para, así sí, bloquear definitivamente el veto, lo que abriría caminos a negociaciones para intentar que algún/os legislador/es cambien su voto.

El artículo 83 también señala que en esta eventual segunda vuelta de votaciones “las votaciones de ambas cámaras serán en este caso nominales, por sí o por no; y tanto los nombres y fundamentos de los sufragantes como las objeciones del Poder Ejecutivo, se publicarán inmediatamente por la prensa”.

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