14 de Marzo
de 2026
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Indemnizaciones, enfermedades, aportes, horas extra y vacaciones: todo lo qué se pierde con la reforma laboral aprobada en el Senado

12. 02. 2026

El proyecto de reforma laboral tuvo algunas modificaciones, pero ninguna en lo que respecta a la legislación del trabajo.

Luego de 14 horas de debate, el Senado de la Nación le dio media sanción, con 42 votos a favor y 30 en contra, al proyecto titulado Modernización Laboral, la reforma laboral flexibilizadora que el Gobierno nacional espera aprobar en Diputados y poner en vigencia antes de fin de febrero.

La votación en general del proyecto -que elimina una gran cantidad de derechos para los trabajadores, relacionados con salarios, vacaciones, jornadas de trabajo, horas extra, indemnizaciones, aportes jubilatorios, enfermedades y derecho a la protesta, entre otros- ocurrió a la 1.22 de este jueves.

El extenso texto final del proyecto oficial les llegó a los senadores apenas un par de horas antes de la sesión, con lo cual en muchos casos se votó a favor de una norma cuya letra chica ni siquiera llegaron a leer y analizar.

Así se votó

La Libertad Avanza contó con el acompañamiento del grueso de la «oposición dialoguista», mientras que el interbloque peronista se mantuvo unido y rechazó en su totalidad la iniciativa impulsada por el Poder Ejecutivo.

A los 21 votos positivos del interbloque oficialista se sumaron los 10 integrantes de la Unión Cívica Radical, 3 del Pro, 2 de Provincias Unidas y 6 de bloques provinciales que responden a sus gobernadores, como los misioneros del Frente Renovador de la Concordia, Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, la chubutense Edith Terenzi, la tucumana Beatriz Ávila, la salteña Flavia Royón y la neuquina Julieta Corroza.

Los senadores recibieron el texto del proyecto recién después de votar.
Los senadores recibieron el texto del proyecto recién después de votar.

En tanto, los 30 votos en contra fueron 28 del interbloque peronista, que no sufrió fracturas, y de los 2 santacruceños José Carambia y Natalia Gadano.

Aunque la CGT mantuvo diálogo directo con los senadores, finalmente sólo los que respondían a Claudio Vidal, quien en la previa había sido duramente cuestionado por Pablo Moyano, votaron en forma negativa en general el proyecto.

Cambios de último momento

Para los gobernadores «dialoguistas», el retiro del artículo que reducía el Impuesto a las Ganancias de las empresas y, en consecuencia, les hacía perder fondos coparticipables, fue suficiente para aceptar sin mayores inconvenientes todo lo referido a legislación laboral.

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También hubo concesiones al sindicalismo que -en especial en lo que respecta a la CGT– mantuvo un tono de protesta moderado antes, durante y después de la sesión.

Uno de los últimos cambios en ese sentido que se conoció poco antes de la votación fue en beneficio de los gremios y el sector empresario: se decidió mantener el cobro de los aportes solidarios a los trabajadores, con un tope del 2% para los sindicatos, como pedía la CGT. Por su parte, los aportes que cobran las cámaras empresarias continuarán en un 0,5%.

Finalmente el gobernador de Santa Cruz, Claudio Vidal, fue el único que no acompaño el proyecto.
Finalmente el gobernador de Santa Cruz, Claudio Vidal, fue el único que no acompaño el proyecto.

También se dio marcha atrás con la reducción del aporte patronal a las obras sociales, que se quería llevar del 6% al 5%, y se mantuvo el rol de los empleadores como agentes de retención de los aportes, sin modificar la posibilidad de que se requiera autorización previa de los trabajadores.

Reforma laboral e indemnizaciones: fuerte reducción

Uno de los pilares de la reforma es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de capitalización obligatoria para empresas que funcionará como un fondo de afectación específica destinado a cubrir indemnizaciones y obligaciones derivadas de despidos y desvinculaciones. 

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A «propuesta de la UCR», se diferenció a las empresas en cuanto al financiamiento que se hará con contribuciones patronales: las grandes aportarán un 1% mensual y las micro, pequeñas y medianas el 2,5%. El texto original preveía un 3% sin distinción.

En todos los casos, este aporte no representará un costo extra para las empresas sino que se descontará de los aportes jubilatorios, que se reducirán la misma proporción.

Las licencias por enfermedad

Uno de los artículos muy cuestionados durante el debate fue el referido a «nuevas reglas» para la licencia por enfermedad, con la intención de reforzar «el derecho del empleador a control médico y junta médica».

reforma laboral, Senado
La reforma laboral fue aprobada de madrugada en el Senado.

De acuerdo a esto, se dispuso que los trabajadores que sufran una dolencia que no derive de la actividad laboral cobrarán como máximo el 75% de su salario mientras estén enfermos, y el porcentaje se reducirá al 50% si la causa es una actividad extralaboral voluntaria y consciente de que implica un riesgo (por ejemplo, lesionarse jugando al fútbol).

Solo se mantendrá la cobertura total, mediante ART, en caso de dolencias derivadas u ocurridas en el trabajo.

Indemnizaciones: el 67%

En cuanto a indemnizaciones, la reducción es grande. Sólo se considerarán conceptos «mensuales, normales y habituales», y se excluyen adicionales no mensuales como el aguinaldo o las vacaciones.

Pero además se establece un piso y un tope: la base de cálculo de la indemnización no podrá exceder tres veces el salario mensual promedio previsto en el convenio colectivo aplicable -habitualmente más bajo que el salario real-, excluida la antigüedad. Y el mínimo de cálculo será en base al 67% de la remuneración mensual normal y habitual. En los hechos, esto llevará a que en la mayoría de los casos los despedidos cobren dos tercios de lo que se cobraba hasta ahora.

La ley establece además que la indemnización pasa a ser «la única reparación frente al despido sin causa», un reclamo histórico de empresas y aseguradoras que pretende limitar los juicios de despedidos por considerar que fueron perjudicados con la liquidación de su indemnización.

¿Qué significa esto? Por ejemplo: si un trabajador es despedido y le pagan la mitad de lo que le correspondería como indemnización, solo podrá litigar si la rechaza y se va de su empleo sin cobrar un peso.

Además, si hay juicio y fallo favorable al trabajador, el juez podrá decidir que se pague en 12 cuotas como máximo (en 6, en el caso de grandes empresas), aun cuando no haya acuerdo de partes en ese sentido.

Adiós a las horas extra

También se establece el mecanismo de «banco de horas», a partir del cual el empleador y empleado podrán «pactar cambios» en el horario laboral, presumiendo en ese sentido una igualdad de fuerzas entre trabajador y patrón.

Por lo tanto, ya no se pagarán forzosamente horas extra, sino que se podrá compensar lo trabajado de más un día con la reducción del horario en cualquier otro.

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Para las vacaciones se mantienen las condiciones de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), es decir que podrán tomarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril, con posibilidad de pactar otro período. Pero se aclara que se pueden fraccionar «en bloques no inferiores a 7 días».

El fraccionamiento no es nuevo, ya que la LCT no lo prohíbe expresamente. El mínimo de 7 días sí, y lo que hace es que inevitablemente el trabajador deba incluir al menos un fin de semana dentro de sus vacaciones.

La caída de los convenios

Un punto no menor de la media sanción es el que le da prevalencia al convenio por empresa y establece que uno del ámbito mayor no puede modificar ni disponer el contenido de convenios. Así, aún si los sindicatos lograran mantener o mejorar los convenios colectivos de trabajo actuales, las empresas podrían «acordar» con sus propios trabajadores condiciones más desfavorables.

Así y todo, también se promueve la caída de los convenios colectivos de trabajo: a su vencimiento, habrá un año para negociar las cláusulas y en el caso de que no haya acuerdo caerán y la actividad pasará a estar regida por la LCT. Cualquier cámara empresaria que quiera hacer caer un convenio, solo necesitará trabar las negociaciones por tiempo indeterminado para conseguirlo.

Para los monotributistas, el sector que más viene creciendo desde la asunción de Javier Milei, también hay. Según la reforma, ya no se presumirá relación laboral si se firma un contrato de locación de servicios o se emiten facturas de manera regular y habitual.

También se deroga la Ley 27.555 de teletrabajo, eliminando regulaciones clave como la jornada limitada, el derecho a la desconexión digital y el pago de gastos por el empleador.

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