22 de Noviembre
de 2024
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El sindicato de trabajadores de control de admisión y permanencia denuncia prácticas desleales e intimidaciones de parte de una empresa

09. 08. 2016

Leandro Nazarre, secretario general de SUTCAPRA aseguró que la empresa Glignac intentó frenar el libre desempeño gremial con “falsas denuncias” y por medio de actos intimidatorios contra dirigentes de la comisión directiva y el asesor legal del sindicato.

El Sindicato Único de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina (SUTCAPRA) denunció al empresario Francisco Adrián Mandaradoni, propietario de la firma Glignac SRL, por prácticas desleales que atentan contra la libertad sindical.

“Quieren impedir el crecimiento del SUTCAPRA con métodos y prácticas abusivas pero no lo vamos a permitir. Seguiremos luchando contra el trabajo en negro y en defensa de los derechos de los trabajadores Controladores”, sostuvo Leandro Nazarre, secretario general del gremio.

La organización que lidera Nazarre aseguró que Mandaradoni, titular de la empresa prestadora de servicios de control de admisión y permanencia, intentó frenar el libre desempeño gremial con “falsas denuncias” y por medio de actos intimidatorios contra dirigentes de la comisión directiva y el asesor legal del sindicato.

“Una patota comandada por Mandaradoni intimidó a una dirigente de SUTCAPRA en una recorrida en un boliche y además, durante una audiencia con él, su gente le pinchó las cuatro cubiertas del auto a nuestro abogado en un claro acto violento y antisindical”, sentenció Nazarre.

Además, el dueño de la empresa Glignac SRL, conocida públicamente como M3, acudió a la justicia con el objetivo de implementar “insólito” un bozal mediático y una prohibición de acercamiento de 400 metros a todos los integrantes del SUTCAPRA en los boliches y eventos en donde la firma preste servicios, determinando un “evidente acto de violación a la ley de asociaciones sindicales”.

En el requerimiento, rápidamente rechazado por la autoridad judicial, el empresario solicitó que ‘directivos, representantes legales, empleados, auxiliares, delegados o cualquier otra persona comisionada al efecto o actúe en
representación de SUTCAPRA, ya sea en forma directa o indirecta a través de terceros’, se abstuvieran de ‘nombrar de cualquier forma a la totalidad de los integrantes de GLIGNAC SRL (M3) en cualquier medio de difusión (sea masivo o no): canales de TV, programas de radio, medios gráficos, Facebook, etc.’.

Como así también, impedir la defensa sindical de los Controladores a través de ‘la prohibición de acercamiento -en todo momento- por menos de 400 metros de aquellos lugares que se encuentre personal de GLIGNAC SRL (M3) como así también decrete la prohibición de contacto por cualquier medio con cualquiera de los integrantes de la misma y por la misma distancia, ya sea integrantes de la sociedad, representantes, trabajadores, quienes los contraten, familiares de todos estos, etc’.

“Ningún empresario podrá impedir el avance del SUTCAPRA. Las presiones e intimidaciones bajo ningún punto de vista harán deponer la defensa de los Controladores. Le advertimos a los empresarios que nadie podrá menoscabar la actividad sindical, justa y libre de todos los trabajadores”, concluyó Nazarre.

La práctica desleal, que se encuentra regulada en la Ley 23.551 (Art. 53 y ss.), conlleva sanciones a las empresas que, a través de un modo concreto y temerario, intentan perjudicar a las asociaciones sindicales de trabajadores, mediante métodos y prácticas abusivas, obstructivas de la actividad gremial, involucrándose en su funcionamiento interno, con el simple ánimo de dañar de manera injusta la defensa de los trabajadores por parte de sus instituciones.

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