22 de Noviembre
de 2024
Actualidad.

Qué dicen los laboralistas ante los cambios del DNU de Milei en el régimen de empleo

01. 01. 2024

La reducción de multas por despidos, las indemnizaciones y los límites a las medidas de fuerza aparecen entre los principales cuestionamientos al régimen laboral que instaura el DNU de Milei.

El voluminoso DNU de Milei que entró en vigencia el viernes generó un amplio debate, tanto por la probable inconstitucionalidad -o no- de la medida excepcional, como por las 300 normas que deroga en distintos ámbitos, incluido el régimen laboral.

Una de las áreas que se encuentra más preocupada por los nuevos cambios es el mundo del trabajo, en el que, prácticamente, se estaría implementando una reforma laboral. En términos generales, el DNU propone las siguientes normativas:

● Reducción de las indemnizaciones por despido al eliminar algunos ítems sobre los que se calcula la liquidación. Además, permite que en los convenios colectivos de trabajo se sustituya la indemnización por un “fondo de cese laboral”, como el que existe en el gremio de la construcción.
● La norma dispone una importante ampliación de las actividades consideradas “esenciales” y “de importancia trascendental”, que deben brindar como mínimo un 75% o un 50% de la prestación normal del servicio, respectivamente. Según especialistas, la medida “limita el derecho a huelga”.
● Ampliación a 8 meses los periodos de pruebas en la incorporación a un nuevo puesto.
● Se crea la figura del trabajador independiente que podrá contar con hasta 5 colaboradores sin que exista vínculo de dependencia entre ellos.

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En este contexto, Hector Recalde, ex diputado nacional, opinó en contra de la nueva normativa: “A pesar del título del capítulo del DNU, Modernización del régimen laboral para facilitar el proceso de generación de empleo genuino, ninguna de las modificaciones es novedosa ni moderna. Todas y cada una están inspiradas en reformas similares a las implementadas o propuestas en 1976, 1991, 1995, 2000 y 2017. Y muchas van más allá. Además, la historia de nuestro país demuestra que la flexibilización no impulsa el crecimiento del empleo y, menos aún, del trabajo de calidad”.

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Recalde también dio a entender que los cambios sobre las indemnizaciones representaban una falta de respeto contra la historia de los trabajadores.

Héctor Recalde sobre la reducción de la jornada laboral (1)
Recalde afirmó que «las modificaciones no son nuevas; ya se aplicaron en 1976, 1991, 1995, 2000 y 2017».

“La tarifa de indemnización antes era de medio mes de sueldo por cada año trabajado y esto se modificó a base de luchas de la clase obrera, hubo muertes por actualizar la Ley de Contrato del Trabajo que data de 1974”, enfatizó.

Por su parte, el especialista en derecho laboral, Lucio Terrasa, dijo que «no hay ninguna norma laboral del DNU que fuese de necesidad y urgencia».

“No solo no creo que este decreto no fomentará más contrataciones, sino que incluso aumentará la informalidad, ya que no hay sanciones (deroga las multas «de ley») para quien no registre el contrato de trabajo”, agregó.

Otras opiniones sobre el DNU de Milei

El abogado laboralista Diego Souto fue otro de los que habló de la normativa que está en tela de juicio por decenas de colectivos sindicales.

“Antes de evaluar si es o no constitucional hay que decir que el decreto es nulo. Porque no están efectuados los parámetros legales adecuados como para que el presidente pueda arrogarse de manera plenipotenciaria potestades que son específicas del Poder Legislativo”, advirtió.

Para Souto, todo lo que tiene el DNU es peligroso: “Sabíamos que venía el decreto, pero no imaginábamos que iba a ser tan grave. Pretende sustituir más de cien normas por decreto. Violenta el artículo 28 de la Constitución, que es el principio de razonabilidad”.

Para el abogado hay un perjuicio total para la clase trabajadora ya que “suprime indemnizaciones agravadas, suprime las mal llamadas multas a empleadores y extiende los períodos de prueba laborales”.

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