¿Llega la era del Uber a Tierra del Fuego? Fallaron a favor de un chofer y podrá trabajar con la app, que está prohibida
Por una ordenanza municipal, le secuestraron el vehículo al conductor de Uber y luego lo multaron. Apeló la decisión ante la Justicia, que falló a su favor.
La controversia en el mundo Uber parece nunca finalizar desde el arribo de la aplicación a la Argentina y ahora, en tiempos donde prescindir de la actividad privada es sumamente complejo, un juez de Tierra del Fuego declaró la inconstitucionalidad de una ordenanza que prohibía el funcionamiento de plataformas digitales relacionadas con el transporte público y privado.
El magistrado que falló a favor de la aplicación es Pedro Fernández, juez Correccional de la ciudad de Río Grande. Precisamente, el funcionario judicial declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza 3548 de 2015, que prohibía el uso de plataformas digitales para el transporte.
Asimismo, el fallo también exhortó al Concejo Deliberante de la ciudad para que «en plazo razonable establezca la reglamentación para el funcionamiento del transporte privado de pasajeros mediante plataformas digitales».
El caso contra el chofer de Uber
El proceso inició luego de que multaron a Alejandro Javier Quisbert, un chofer de Uber, el pasado 29 de septiembre, por conducir una «unidad no habilitada» con un pasajero en su interior.
Además, el municipio de la ciudad secuestró el auto del trabajador, una camioneta Renault Stepaway.
El 9 de noviembre, el Juzgado de Faltas de Río Grande multó al conductor con «mil unidades de faltas (UF)» (la unidad equivale a medio litro de nafta premium, pero como no se actualiza hasta fin de año, el valor de la multa ronda los $170.000), por lo que el abogado de Quisbert apeló la decisión a la Justicia.
Los fundamentos del fallo
Al resolver la causa, el juez Fernández emitió un extenso fallo donde sostuvo que «la prohibición en virtud de considerar que la actividad no se encuentra regulada -como los taxis y remises- carece de fundamentación como sustento de esa normativa, máxime cuando el propio Concejo Deliberante tiene la potestad de reglamentar la actividad».
Por otra parte, Fernández entendió que la ordenanza que prohíbe Uber es inconstitucional porque viola el derecho a trabajar, además de «resultar violatoria del derecho de todos los ciudadanos a la libertad de contratación».
«Con esta prohibición, la municipalidad obliga a los ciudadanos a elegir entre trabajar a pesar de los riesgos o abstenerse y enfrentar la imposibilidad de satisfacer sus necesidades. Al mismo tiempo, quita a los usuarios la capacidad de elección entre las opciones de movilidad disponibles. Visto de esa forma, la medida luce claramente desproporcionada», aseguró el juez en el pronunciamiento.
Al mismo tiempo, el Fiscal mayor de Río Grande, Martín Bramati, dictaminó en la causa y en idéntico sentido que la prohibición de una actividad comercial solo se puede bazar en razones funcionales, de seguridad u orden público.
Taxis vs. Uber: un duelo de nunca acabar
El resolutorio judicial no tardó en llegar a la Asociación de Propietarios de Taxis de Ushuaia. En efecto, su presidente, Fabián Lara, reveló que se puso en contacto tanto con concejales como con funcionarios municipales de Río Grande y que le manifestaron la intención de apelar el fallo judicial.
Si bien la sentencia no rige en la capital fueguina, Lara dijo temer un «efecto contagio», ya que en Ushuaia la actividad de Uber también está prohibida por ordenanza pero la plataforma presta servicios desde julio y ya fueron labradas actas de infracción y se incautaron vehículos.
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«Entre el jueves y viernes haremos un plenario del transporte en el municipio de Tolhuin. Ahí se definirán las acciones que se llevarán adelante desde la Cámara de Transporte de la Provincia», advirtió Lara a medios de prensa de la provincia.
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