03 de Marzo
de 2026
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Reforma laboral: el Gobierno filtró un borrador que va por todo, días antes de presentarla en el Congreso

05. 12. 2025

El proyecto de reforma laboral, de 109 páginas, ya generó alertas en el sindicalismo. Insiste con medidas del DNU 70/23 que frenó la Justicia y las profundiza.

En las últimas horas de este jueves, el Gobierno dejó circular un nuevo borrador de la reforma laboral que impulsa, con cambios más profundos y más eliminaciones de derechos para los trabajadores que los que se esperaban y se hablaron en las reuniones del Consejo de Mayo.

Este proyecto, que aumentó las alertas en el sindicalismo, sería el que llegaría al Congreso horas antes de la asunción de los nuevos diputados y senadores.

El PDF que empezó a circular ayer tiene 109 páginas, 182 artículos, propone cambios en toda la legislación y también se mete con temas tributarios.

Llamó la atención que se conociera con tanto detalle días después de que desde el Gobierno remarcaran que el proyecto final solo lo conocía y lo conocería un puñado mínimo de integrantes de La Libertad Avanza, hasta la fecha prevista del 9 de diciembre para presentarlo en el ámbito legislativo.

El texto de la flexibilización que, al estilo de los años 90, el Gobierno presenta como «modernización laboral» habría salido del Ministerio de Desregulación de Federico Sturzenegger, y la administración de Javier Milei busca que sea tratado por las nuevas composiciones de ambas cámaras lo antes posible.

Más allá de la idea de revisar toda la normativa en materia laboral, tiene apartados para cada instituto del trabajo y también busca modificar cuestiones del derecho colectivo, algunos de los puntos más sensibles para el universo gremial. 

Del DNU 70/2023 a esta reforma laboral

El primer título, de hecho, se concentra en «Modificaciones al Régimen de Contrato de Trabajo Ley Nº 20.744″, e insiste con cuestiones que ya se debatieron y quedaron frenadas en la Justicia a partir de presentación de amparos.

Por ejemplo, el Gobierno vuelve con la extensión de la jornada laboral, el banco de horas que permitirían no pagar horas extra, el fraccionamiento y reducción de las vacaciones, las licencisa y las indemnizaciones y la eliminación del derecho a huelga, entre otros temas que el Gobierno no pudo hacer avanzar con el Decreto 70/2023 -cuya inconstitucionalidad, insólitamente, aún no resolvió la Corte Suprema de Justicia- y normativas posteriores.

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La reforma laboral insiste con la extensión horaria y la eliminación de horas extra e indemnizaciones.

Entre todos estos postulados se mete uno que desprotege el salario de los trabajadores al expresar que «el salario puede fijarse por tiempo o por rendimiento del trabajo, y en este último caso por unidad de obra, comisión individual o colectiva».

«AFJP» para las indemnizaciones

Como novedad, se presenta la creación de Fondos de Asistencia Laboral (FAL), que no son otra cosa que los «fondos de cese» que reemplazarían a las indemnizaciones y, a la manera de las viejas AFJP, les darían a entidades privadas el negocio de administrar dinero de trabajadores y empresas.

Esto FAL estarían «destinados exclusivamente a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones y pagos» de indemnizaciones y otros conceptos, con aportes del 3% que, según dice el proyecto «serán regulados por entidades creadas para tal fin» que cobrarían una comisión por su servicio.

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Este punto en particular enfrenta resistencia de trabajadores, empresas -fundamentalmente, pymes- y el sector judicial. Los primeros, porque las indemnizaciones por despido dejarían de estar garantizadas y -como pasaba con las AFJP- pasarían a depender de los resultados de las inversiones de una financiera.

Las empresas, porque deberían aportar para las indemnizaciones de todos los trabajadores, aún cuando no fueran a despedir a nadie. Y por el lado de la Justicia, se presume que esta norma no reduciría lo que muchos llaman «la industria del juicio» sino todo lo contrario, en casos de trabajadores despedidos sin cobrar indemnizaciones acorde.

Los convenios colectivos, out

El proyecto atribuido a Sturzenegger incorpora todo un articulado destinado a los trabajadores de plataformas, hoy un punto ciego del mercado de trabajo. Algo de eso ya estaba comprendido en el borrador que había circulado. 

No obstante, el texto parece concentrarse más en proteger a las empresas que a los repartidores. Por ejemplo, si bien se incorpora la obligatoriedad de un seguro para su protección, se habilita a que las firmas impongan que sean los propios repartidores quienes lo tengan que pagar.

Algo que se esperaba es el avance contra los convenios colectivos de trabajo, uno de los principales puntos de preocupación gremiales. En este aspecto, hay dos medidas que apuntan a convertirlos en letra muerta.

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Por un lado, si bien el texto no deroga de manera expresa y directa los convenios, convoca a una discusión y negociación de todos ellos en la Secretaría de Trabajo, de la que dependería su continuidad, y pone para esto un plazo de apenas un año para la enorme cantidad de convenios que hay en la Argentina.

Además, el proyecto dice que «los convenios colectivos de ámbito mayor no podrán modificar ni disponer el contenido de los convenios de ámbito menor», con lo cual cualquier empresa podría avanzar en un acuerdo propio con sus trabajadores que anularía la validez del convenio de la actividad e, incluso, imponer convenios individuales.

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