27 de Abril
de 2024
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El «sindicato de presos», un gremio con más de 10 años de historia al que ahora la Justicia le dijo no

17. 11. 2023

«No son equiparables a los trabajadores libres», argumentó el fallo que le negó al SUTPLA, formado por trabajadores presos, la personería gremial.

Un grupo de presos había solicitado al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que se le conceda personería gremial a su agrupación. Luego de que la solicitud fuera rechazada por el organismo, el Secretario General del Sindicato Unido de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria (SUTPLA) presentó un recurso para modificar la resolución administrativa.

Es así que, en su pedido, el recurrente, aportó una lista de afiliados, el estatuto de la entidad e invocó la representación de todos los trabajadores, que encontrándose total o parcialmente privados de su libertad, prestan tareas en los establecimientos del Servicio Penitenciario Federal, o de las provincias.

Cuál fue el fundamento de la Justicia

La Sala VIII de la Cámara consideró que si bien el ingreso a una prisión no despoja al hombre de la protección de las leyes, la Constitución Nacional y los tratados internacionales que la integran, quienes se encuentran privados de su libertad tienen disminuida su capacidad de derecho.

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En ese sentido, resolvieron que «Aunque cumplan trabajos, lo cierto es que quienes desempeñan tareas mientras están privados de su libertad no son equiparables a los ‘trabajadores libres».

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El SUTPLA fue creado en 2012 y fue el primer sindicato de trabajadores presos en el mundo.

Por otro lado, el tribunal entendió que «la Ley 24.660 de Ejecución de la pena privativa de la libertad dispone que el trabajo constituye un derecho y un deber del interno y debe ser remunerado».

«No obstante -aclaró-, esa retribución no le corresponde al recluso, sino que debe distribuirse para indemnizar daños y perjuicios causados por el delito, prestación de alimentos, costear los gastos en el establecimiento penitenciario y para formar un fondo propio que se le entregará a su salida (10, 35, 25 y 30 por ciento, respectivamente)».

Los camaristas concluyeron que la ley 23.551 «se sustenta en el principio de libertad -sindical-, pero libertad al fin- y es en base a esta premisa que regula el funcionamiento de las asociaciones, que tienen por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores. Y no la de cualquiera de ellos, sino -lógicamente- la de los trabajadores libres».

En qué consiste el «Sindicato de presos»

El SUTPLA nació en 2012 como Sindicato Único de Trabajadores Privados de la Libertad Ambulatoria, pero cambió en 2015 a Sindicato Unido. «Fue creado para que se respete el derecho al trabajo de las personas privadas de la libertad», explicó ante La Nación Matías Isequilla, abogado de la agrupación.

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De esa forma, buscan que los reclusos cuenten con su propio dinero, a la vez que, gracias a su actividad laboral, reduzcan los niveles de violencia en los penales y se bajen también los índices de reincidencia de quienes abandonan la prisión.

Asimismo, también rechazan que se los reconozca como Sindicato de presos «Se trata de una organización que agrupa a los trabajadores privados de la libertad», sostuvo Isequilla. Y agregó: «El sindicato nace en 2012 porque las personas que están presas tienen derecho a trabajar y a cobrar por su trabajo un salario no inferior al mínimo, vital y móvil».

El sindicato para los trabajadores privados de la libertad fue el primero de este tipo que se creó en el mundo.

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