20 de Abril
de 2024
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Para muchos gremios, el fallo de la Corte Suprema atenta contra el derecho a huelga

10. 06. 2016

Diversos sectores aseguran que la decisión del máximo tribunal de determinar que sólo los gremios inscriptos pueden encabezar protestas “es un retroceso”. Para la CTA Autónoma se pone “en indefensión total” a miles de trabajadores. Repudios de los metrodelegados. Defensa de diputados del oficialismo.

Gremios de diversos sectores reaccionaron ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que decidió que sólo los sindicatos con inscripción pueden organizar huelgas, y mostraron sus diferencias con el máximo tribunal. La demanda, iniciada por un despido en el Correo Argentino, terminó generando un debate muy profundo sobre el derecho a huelga, que podría verse limitado a partir de esto. Desde los dos sectores de la CTA se quejaron de las consecuencias, y afirman que dejará “desamparados” a miles de trabajadores. En el gobierno defendieron la medida, aunque no hubo mayores reflexiones al respecto. Silencio de las tres CGT.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia resolvió que sólo los gremios están facultados para ejercer medidas de fuerza frente a la patronal, y que los grupos informales de trabajadores “carecen de prerrogativas a tales efectos”. La sentencia, que lleva la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, fue dictada en autos “Orellano, Francisco Daniel c/ Correo Oficial de la República Argentina s/ juicio sumarísimo”, deja decisión de la Cámara del Trabajo que declaró que todas las asociaciones sindicales, sin distinción de las que tienen o no personería gremial, tienen el derecho de huelga y de “adoptar demás medidas legítimas de acción sindical”.

La sentencia fue recibida con más críticas que elogios. Desde la CTA Autónoma considera que este fallo es “un retroceso”, en materia de derecho a huelga. En un texto escrito por Horacio Meguira, director del Departamento Jurídico de la central que lidera Pablo Micheli, se asegura que la Corte “pone en una situación de indefensión total a aquellos trabajadores que más necesitan de la tutela normativa: los integrantes de sindicatos en formación, los grupos de trabajadores que reaccionan frente a injusticias en sus lugares de trabajo a pesar de la inexistencia de un sindicato, los miembros de las oposiciones internas dentro de las organizaciones sindicales”. “Todos estos grupos de trabajadores, según la interpretación que acaba de convalidar la Corte, no cuentan con herramientas legales para ejercer el derecho de huelga. En otras palabras, no pueden recurrir legalmente al principal mecanismo de autodefensa que los trabajadores poseen en tanto asalariados”, agregó el especialista.

Para Meguira el máximo tribunal “ha hecho suya una interpretación corporativa de las normas laborales”, y consideró que “el criterio adoptado por la Corte no puede dejar de vincularse con los ataques que los derechos de los trabajadores han experimentado en los últimos meses. La Corte acaba de ponerle un candado al derecho de huelga y le ha entregado la llave a las organizaciones sindicales ya reconocidas por el Estado”.

En tanto, desde la CTA de los Trabajadores también rechazaron la decisión de la corte. Mediante el comunicado, el secretariado ejecutivo de la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (AGTSyP) marcó su postura, afirmando que lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia va contra “el derecho de los trabajadores a darse la organización que consideren conveniente”. “La decisión limitando el derecho a la huelga al sindicato puede afectar medidas de estas características y desproteger a los trabajadores que las lleven a cabo, incluso en aquellos casos en que la presencia de la organización sindical sea insuficiente, nula, o aún, contraria a los reales intereses de quienes llevan adelante la medida”, agregó el gremio, que hace un tiempo logró el reconocimiento sindical del Ministerio de Trabajo nacional.

En tanto, ninguna de las tres CGT se pronunció de manera oficial, pero algunos de sus dirigentes se mostraron a favor del criterio usado por el máximo tribunal. Héctor Daer, candidato a ser el líder de la central unificada en agosto, este fallo “hay que aceptarlo y no opinar”, y consideró que circunscribe el derecho a huelga a los sindicatos “es acorde con la historia del movimiento obrero”. Por su parte, el moyanista Omar Plaini respaldó el fallo porque lo “que limita la Corte es la acción individual, la acción individual es muy neoliberal el concepto”.

En tanto, desde el gobierno justificaron la medida, a través de legisladores que se pronunciaron sobre el fallo. En el caso del diputado Pablo Tonelli, aseguró que “las huelgas no las pueden decidir dos o tres personas aisladamente y llevar a toda la empresa a una huelga. Resolverlo orgánicamente es que lo resuelva el sindicato. Entonces creo que es razonable lo que la corte falló”. Tonelli entendió “razonable que los sindicatos sean quienes deben decidir una huelga». «En definitiva, ellos son los que representan a los trabajadores a todos los efectos: para discutir las paritarias, para pedir aumento de sueldo o las condiciones de trabajo”.

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