26 de Abril
de 2024
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En qué consiste la ley de cupo laboral para travestis y trans que acaba de aprobarse

26. 06. 2021

La ley de cupo laboral travesti, transgénero y transexual establece, entre alguna de sus puntos, que al menos el 1% de los empleos en la administración pública estarán reservados para integrantes de esa comunidad.

El Senado de la Nación aprobó la Ley de cupo laboral travesti, transgénero y transexual que establece un mínimo de los cargos de personal en el Estado debe ser ocupado por esta población.

La Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgenero fue aprobada con 55 votos a favor, uno en contra y seis abstenciones.

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En qué consiste la ley de cupo laboral travesti, transgénero y transexual

En tanto, la norma que lleva el nombre “Diana Sacayán-Lohana Berkins”, dos de las principales activistas del colectivo trans en Argentina y en la región, establece el cupo laboral mínimo de personas travestis, transexuales y transgénero de al menos el 1 por ciento del personal de la administración pública.

Ese mínimo es para los cargos en organismos de los tres poderes del Estado, entes públicos no estatales, organismos descentralizados o autárquicos y empresas y sociedades del Estado, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.

La iniciativa, asimismo, plantea que “a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo”. Tampoco los antecedentes penales “que resulten irrelevantes” podrán ser un impedimento para el acceso de los postulantes al empleo.

Más beneficios para la comunidad travesti, transgénero y transexual

Por otra parte, define que se entiende por “personas travestis, transexuales y transgénero a todas aquellas que se autoperciben con una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer”.

Otro de los puntos de la norma aprobada marca que “los organismos comprendidos en la presente ley deben promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual en los ámbitos laborales, con el fin de una efectiva integración de las personas travestis, transexuales y transgénero en los puestos de trabajo”.

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En lo que respecta al sector privado, las empresas que contraten personas travestis, transexuales y transgénero tendrán prioridad en las compras del Estado, además de beneficios fiscales.

La ley contempla que las “contribuciones patronales que se generan por la contratación de las personas beneficiarias de la presente ley podrán tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales” y ese beneficio se extiende a un año y a dos en el caso de las pequeñas empresas.

En otros términos, la norma dispone que el Banco Nación dispondrá líneas de crédito con tasa preferencial para el financiamiento de emprendimientos productivos, comerciales y/o de servicios, individuales o asociativos, destinados específicamente a este colectivo.

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