El Senado aprobó el proyecto de modificación de la ley de la flota pesquera que incorpora un cupo del 30% de mujeres y un 1% de travestis y trans, como mínimo, en un plazo de cinco años. Incluirá multas para quienes no lo respeten.
El Senado de la Nación aprobó el proyecto de modificación de la Ley Federal de Pesca que incorpora un cupo obligatorio del 30% de mujeres y del 1% de diversidades en la flota pesquera. Habrá un plazo de cinco años para lograr este porcentaje mínimo y aquellos que lo cumplan recibirán beneficios impositivos por diez años, mientras que quienes no lo incorporen serán multados.
En tanto, tras recibir la media sanción, el proyecto de cupo femenino y de diversidades fue girado a Diputados. “El proyecto de ley que ponemos a consideración es para garantizar el acceso y el progreso de las mujeres, travestis y trans a los barcos de la flota pesquera. En realidad, también estamos modificando una parte de la Ley de Pesca, que en su articulado disponía de la tripulación y especificaba la nacionalidad, pero nada hablaba de lo que era el cupo de mujeres”, indicó la senadora Nancy González, del Frente Todos de Chubut, autora del proyecto.
Cambios en la ley de Flota Pesquera
En este marco, el artículo 40 incorporaría los incisos d y e, en los que se establece que como mínimo el 30% del personal de la tripulación de los buques pesqueros deberá estar constituida por mujeres y el 1% por personas travestis, transexuales y transgénero; aclarándose que se trata de un mínimo y no de un máximo.
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El proyecto, en tanto, establece beneficios para quienes en el primer año cumplan con un 20% del cupo establecido, 60% en el tercer año y 100% en el quinto. “No es que los armadores o la gente que las va a venir a contratar lo hará de un año para el otro. Nosotros proponemos que llegar a ese porcentaje de mujeres va a llevar, progresivamente, cinco años para que entre en su totalidad la vigencia de esta ley”, detalló González en su exposición.
En este sentido, los beneficios fiscales para las empresas que cumplan con el cupo del 30 por ciento, van a ser por diez años. Estos son: el pago obligatorio “del 50% de las contribuciones que las leyes nacionales imponen a cargo de los empleadores, quienes además tendrán derecho al cómputo de una deducción especial en la determinación del impuesto a las ganancias o sobre los capitales, equivalente al 70 % de las retribuciones correspondientes del personal mujeres, travesti, transexual o transgénero embarcado en cada período fiscal.
El proyecto incorpora, asimismo, un artículo especial titulado Techo de Cristal, con el que se busca promover la aplicación del cupo en todos los puestos dentro del buque, quedando especialmente incluidas aquellas que sean de jerarquía como capitanías.
En este marco, los armadores que cuenten con personal jerárquico mujeres, travesti, transexual o transgénero tendrán derecho al cómputo, a opción del contribuyente, de una deducción especial en la determinación del impuesto a las ganancias o sobre los capitales, equivalente al 100 % de las retribuciones correspondientes a ese personal.
Multas para quienes no cumplan
El proyecto establece que aquellas empresas que incumplan con los plazos determinados para la incorporación de cupo femenino y de disidencias deberán abonar una multa a determinar por la autoridad de aplicación que integrará el financiamiento del Fondo Nacional Pesquero (FONAPE) que se destinará para financiar la formación y capacitación del personal de la pesca en cuestiones relativas a las temáticas de género a través de los institutos oficiales como la Prefectura y el Ministerio de Mujeres.
La senadora señaló que «la iniciativa parlamentaría surgió tras reunirse durante un año con mujeres que trabajan en el sector y que le confirmaron que eran discriminadas permanentemente por su condición de género».
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