21 de Noviembre
de 2024
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La Cámara del Trabajo suspendió el capítulo laboral del DNU de Milei: punto para la CGT

03. 01. 2024

Los jueces se movieron rápido luego de que un fiscal intentó que la cautelar de la central obrera pasara al fuero Contencioso Administrativo Federal, bajo la órbita del Procurador del Tesoro Rodolfo Barra.

Los jueces de la Cámara del Trabajo se movieron rápido y al día siguiente de la habilitación de la feria judicial para tratar el recurso de amparo presentado por la CGT contra el DNU de Javier Milei, dictaron una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral, según informaron fuentes judiciales a la agencia Télam.

«Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados», dictaminaron los jueces en el expediente que se abrió por la presentación de la central obrera.

La resolución llegó luego de que se conociera una iniciativa muy polémica. A pedido de la Sala de Feria de la Cámara Nacional del Trabajo, un fiscal solicitó que la causa pasara a la Justicia en lo Contencioso Administrativo federal, que está bajo la órbita del Procurador del Tesoro Rodolfo Barra, es decir, un funcionario del propio Gobierno nacional. 

La Cámara de Apelaciones del Trabajo, que había aceptado abrir la feria para tratar el caso, debía decidir si lo suspendía y si, finalmente, la causa pasaba a manos de un fuero «amigo» de Milei.

Ahora, la suspensión del capítulo laboral fue votada por los camaristas José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, mientras que su par María Dora González, ratificó la suspensión, pero a la vez entendió que el tema debía tramitarse en el fuero contencioso administrativo.

«Lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo», escribió Sudera en su voto, rebatiendo los argumentos del gobierno para sostener la urgencia que motiva el DNU, basada en la crisis económica y social.

«No se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema ‘excepcionalidad», sostuvo el camarista.

El pedido del fiscal general de la Cámara Laboral, Juan Manuel Domínguez, para que el amparo pasara al fuero Cpontencioso Administrativo perjudicaba claramente a la CGT, que había logrado que su recurso fuera tratado en enero y por la Justicia del Trabajo. De pronto, se hacía un movimiento que abría una discusión intrafueros de final incierto. 

En ese escenario, el camarista fundamentó la intervención de la Cámara del Trabajo “Las disposiciones del DNU cuestionado establecen importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia de interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc”, enumeró.

Entre las medidas que quedan en suspenso temporalmente, hasta que se resuelva la cuestión de fondo vinculada a la validez -o no- del DNU de Milei, se cuentan también la extensión del período de prueba de tres a ocho meses y las restricciones al derecho a huelgo, hablitando despidos a quienes participen en medidas de fuerza.

Según trascendió minutos después de conocido y más allá de la suspensión provisoria del capítulo IV del DNU, la CGT ratificó el paro nacional convocado para el 24 de enero.

La Justicia laboral, menos proclive al DNU 

Por otra parte, el fiscal de instrucción del fuero en lo contencioso administrativo federal, Miguel Gilligan, se opuso a abrir la feria judicial para tratar otro pedido de amparo contra el DNU que abrió el ex presidente del Colegio Público de Abogados de la CABA, Jorge Rizzo.

Más de 500 intendentes también presentaron un amparo contra el DNU.
Más de 500 intendentes también presentaron un amparo contra el DNU.

Los dictámenes de los fiscales Dominguez y Gilligan favorecen la posición del procurador general del Tesoro, Rodolfo Barra, quien solicitó que todos los amparos sean tratados por el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal, donde se tramitan los juicios contra el Estado.

Hay que señalar, también, como un dato importante, que el fuero laboral cuenta con jueces que se ajustan más a los criterios de la legislación laboral vigente a nivel nacional e internacional. Eso hace suponer que su sentencia podría ser no avalar el DNU.

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Tal como contó Gestión Sindical, la Cámara del Trabajo había aceptado abrir la feria judicial de enero para tratar el pedido de la CGT de suspender algunos artículos del DNU. 

La resolución, firmada por los camaristas María González y Alejandro Subera, atendió el pedido de la central obrera, firmado por su secretario general Héctor Daer, para que se levante la feria y se evalúe el pedido de suspensión del decreto de necesidad y urgencia.

Intendentes, también contra el DNU

En el primer punto de la petición, la CGT solicitó que «se decrete la medida cautelar solicitada de suspensión de la aplicación del Título IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023». 

Y los camaristas habían señalado que «esta Sala considera que, frente a las particularidades del caso, lo traído a consideración amerita la apertura de la habilitación de la feria judicial solicitada, lo que así se resuelve».

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En las últimas horas se supo que los más de 500 intendentes (la mayoría peronistas) enrolados en la Federación Argentina de Municipios (FAM) también presentaron un amparo en la Justicia para dejar sin efecto el DNU de Milei.

Esa medida fue presentada ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires, que ahora deberá someter a sorteo el amparo para definir qué juzgado intervendrá.

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