20 de Febrero
de 2025
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Reforma Laboral: el proyecto de ley del Gobierno que destruiría las vacaciones

18. 02. 2025

Al margen del escándalo cripto que sacude a Javier Milei, Caputo y Sturzenegger siguen trabajando en una profunda reforma laboral flexibilizadora.

Mientras el entorno de Javier Milei se debate con el escándalo de las criptomonedas y la entrevista guionada con Jonathan Viale en TN, hay un ala del Ejecutivo nacional que apuesta a seguir avanzando con otros temas que son de enorme interés no solo para el Gobierno sino también para sus aliados. Muchos no están conformes con los cambios en materia laboral introducidos en la Ley Bases, quieren una reforma laboral con más modificaciones y no le importa enfrentarse al sindicalismo.

Ya hay un proyecto de ley que fue redactado por la diputada nacional Romina Diez, tiene el aval de los ministros de Economía, Luis Caputo, y de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, y plantea modificaciones que tocan la ley de Contrato de Trabajo.

Básicamente, trata de seguir flexibilizando y precarizando condiciones laborales. Bajo el argumento de «eliminar la burocracia» para los empleadores, le apunta a cuestiones como las horas extra y las vacaciones.

Reforma laboral, vacaciones y horas extra

En relación con las vacaciones, los trabajadores deberían decirle adiós a cualquier tipo de planificación. EL proyecto habilita al empleador a comunicar la fecha de vacaciones con solo 21 días de antelación (actualmente el plazo es de 45 días) y lo autoriza a otorgarlas de manera fragmentada hasta un mínimo de 7 días corridos. No se explica de qué manera estos cambios reducirían los trámites burocráticos.

Hay otro artículo que habla de las horas extra: dice que el empleador podrá disponer «de manera colectiva” -es decir, para toda su planta de personal- del régimen de horas extras, utilizando formatos como banco de horas o francos compensatorios, en lugar de pagarlas.

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¿Chau a los planes de vacaciones? Los cambios que impulsa la reforma laboral pretendida por el Gobierno.

La ley también se mete con otras cuestiones. Por caso, las «facultades disciplinarias«. La iniciativa habilita a notificar una sanción laboral por cualquier medio fehaciente que permita acreditar su efectiva recepción. “Esto simplificaría la metodología actual más burocrática de hacerlo exclusivamente a través de una carta documento”, dice el borrador del proyecto.

Bienvenido Mercado Pago

Además, se les abre las puertas a las billeteras electrónicas como Mercado Pago y otras, para acreditar haberes. En concreto, se modifica el artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, respecto de la bancarización de los haberes laborales.

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La ley también indica que recibo de sueldo podrá ser electrónico, algo que en realidad ya está vigente, y dice que deberá contener un detalle de las contribuciones a cargo del empleador, cosa que también sucede en la actualidad.

En cuanto a los certificados médicos, se incorpora la posibilidad que, en caso de duda sobre la veracidad del certificado presentado o la exactitud de su contenido, el empleador pueda denunciar dicho certificado médico ante la Secretaría de Trabajo a efectos de requerir su revisión y obrar en consecuencia sin esperar una respuesta de parte del empleado.

Más aspectos de la reforma laboral

Otros puntos van más allá de la condiciones laborales y directamente refieren a beneficios y subsidos que el Estado otorgaría a empresas.

En ese sentido se dispone la implementación de bonos de crédito fiscal: las empresas que incrementen su dotación de trabajadores actual accederán a beneficios sobre las contribuciones de seguridad social.

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El proyecto prevé modalidades diferentes de acuerdo con el tamaño de las empresas. En el caso de las micro empresas, se otorgaría un bono de crédito fiscal del 100% de las contribuciones patronales durante 12 meses, es decir, la exención total por un año del aporte por parte del empleador a la caja de jubilaciones.

Para pequeñas empresas, el bono de crédito fiscal sería del 75% de las contribuciones patronales durante 12 meses contados a partir del mes de inicio de la nueva relación laboral.

En el caso de las medianas empresas, la rebaja en los aportes patronales sería del 50% y para el resto, del 25%.

Habría una excepción por la cual todas las empresas tendrían una exención del 100% de los aportes patronales y no ya por un año sino por 18 meses. Sería si contratan a un empleado proveniente del sector público nacional, provincial o municipal.

Beneficio mentiroso

Un último artículo incorpora lo que a primera vista parece un beneficio para los trabajadores pero en realidad es lo contrario.

Es el que incorpora la posibilidad de que el empleador reconozca los gastos de celular y/o de acceso a internet para el trabajador y/o su familia, del mismo modo que reintegros de cuotas de gimnasios o clubes. Este tipo de gastos se consideran no remunerativos, por lo tanto, no pagan aportes ni contribuciones de seguridad social.

En realidad, se trata de beneficios que algunas empresas ya otorgan sin necesidad de que estén estipulados en ninguna ley -ya que ninguna ley puede impedir que una empresa le dé un beneficio extra a un trabajador.

Lo que hace el proyecto de La Libertad Avanza es aclarar que serían «no remunerativos«. ¿Para qué? Para que no puedan ser incluidos en los cálculos de indemnizaciones, algo que en la actualidad ocurre cuando se trata de beneficios permanentes que se consideran parte de la remuneración que recibe el empleado por su trabajo.

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