Las increíbles “normas de conducta” para sindicalistas de Ushuaia que fueron excarcelados
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En el escrito donde el juez Javier De Gamas Soler resuelve la “excarcelación” de los sindicalistas de la Unión de Gremios y Jubilados Estatales de Tierra del Fuego, impone “estrictas” normas de conductas que llegan a la “prohibición de circular en la vía pública en horario nocturno”.
En sumario Nº 33.186/2016, caratulado “CAMACHO, ROBERTO CARLOS Y OTROS, P/ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, LESIONES, DAÑOS, Y ROBO. DENUNCIANTE: ARCANDO, JUAN CARLOS Y OTROS de fecha 5 de mayo de 2016 impone a Horacio Gallego, Roberto Camacho, José Gómez, Juan Manuel Estefoni, y Alejandro Gómez, las siguientes reglas de conducta:
*Prohibición de acercamiento a una distancia menor de 100 metros y de contacto por cualquier medio, respecto de Juan C. Arcando, Vicegobernador de la provincia; Juan D’angelo, Secretario de Gestión Gubernamental; Hugo Santos, Secretario de Cultura provincial; Rosana Bertone, Gobernadora Provincial; Víctor Hugo Díaz, funcionario del Ministerio de Salud Provincial; los integrantes de la Policía Provincial Federico Villalba, Fernando Gallardo, César Villagra, David Albo, Angel Pereyra, Ramón Cejas, Eduardo Maicheo Álvarez, Diego Canziani, Marcelo Pino Labraña; y de Argentina Beatriz Pérez. Ello es extensible no solo al grupo familiar y bienes de las personas nombradas, y resulta extensible a testigos y familiares de quienes declaren en la causa, como así también su domicilio particular.
*Prohibición de tomar parte de actos públicos en los que se susciten hechos de violencia de cualquier índole en la que se realicen actos de hostigamiento a funcionarios públicos.
*Prohibición de acercamiento a una distancia menor de 100 metros respecto de a organismos públicos dependientes del Estado Provincial, sin previa autorización del Tribunal.
*Comunicar cualquier posible variación de domicilio a la autoridad judicial y comparecer inmediatamente a todas las citaciones que se le formulen desde los órganos jurisdiccionales
*Prohibición de deambular fuera de su domicilio, en el horario comprendido entre las 22:00 y las 06:00 horas.
Todo ello bajo apercibimiento de ordenar su inmediata detención.
Fuente: Gremiales del Sur
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