21 de Noviembre
de 2024
Actualidad.

Jubilaciones: docentes nacionales y universitarios tendrán aumentos mayores a los de la ley de movilidad

01. 11. 2023

El incremento en sus jubilaciones será del 28,4% y del 33,4%, respectivamente. Y se aplicará para el trimestre de diciembre a febrero de 2024.

En las últimas horas se conoció que, en diciembre, el aumento trimestral de haberes para los 180.235 jubilados del régimen de docentes nacionales será del 28,44%. Mientras que para los 10.710 jubilados docentes universitarios la suba será del 33,43%.

En tanto, para los jubilados y pensionados del régimen general y los beneficiarios de las prestaciones sociales (unas 18 millones de personas) el porcentaje de movilidad se conocerá el próximo 10 de noviembre. Y se descuenta que habrá bonos para los de haberes más bajos.

Ese aumento, no obstante, seguramente será inferior al que tendrán los jubilados docentes nacionales. Esto se debe al tope anual de actualización que establece la ley de movilidad jubilatoria. De acuerdo con estimaciones privadas, la suba en el régimen general de ANSES no superará el 28%. Y probablemente esté entre el 21 y el 24%.

Respecto a los porcentajes para los jubilados docentes nacionales, los mismos se deben a que tienen una movilidad propia, la cual se calcula por la variación de los sueldos de los docentes activos con aportes a la ANSES, que son llamadas «Remuneración Imponible Promedio Docente» (RIPDOC) y, en el caso de los universitarios, RIPDUN.

Cómo fueron los aumentos en el año

Este año, en marzo, abril y mayo, los jubilados docentes nacionales recibieron un incremento del 18,69%. En junio, julio y agosto el incremento fue del 27,33%. Y en septiembre, octubre y noviembre, del 27,01%. Por lo tanto, con el nuevo aumento del 28,44% acumularán un total de 146,54%.

Jubilaciones, docentes
En cuatro de los cinco años anteriores, las jubilaciones perdieron frente a la inflación.

En tanto, los más de 10.000 beneficiarios del régimen de docentes universitarios habían tenido incrementos en marzo del 21,57%; en junio del 22,74%; y en septiembre del 24,67%. Con el aumento de diciembre-febrero 2024 acumularán, entonces, un 148,21%.

Hay que tener en cuenta que, para poder hacer un balance sobre la real movilidad del año, habrá que esperar a ver qué pasa con la inflación desde octubre a diciembre.

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Por otra parte, los aumentos diferenciados para los jubilados docentes nacionales se debe a que la ley previsional de ambos sectores fija que los trabajadores activos aportan dos puntos adicionales (13% del sueldo) y se jubilan con el 82% móvil correspondiente al cargo que tenían en actividad.

Al igual que el resto de los jubilados, los docentes nacionales tuvieron una fuerte pérdida en el poder adquisitivo de sus haberes en los últimos años.

Jubilaciones que pierden contra la inflación

Sin considerar las pérdidas intermensuales, punta a punta entre 2018 y 2022, el retroceso de los haberes fue del 21,6%, y se produjo casi en su totalidad durante el período de gobierno de Mauricio Macri, principalmente en 2018.

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Para explicar esto se deben tener en cuenta los siguientes datos:

  • En 2018, los jubilados docentes recibieron dos aumentos, por un total del 22,3%, frente a una inflación del 47,6%. Es decir, un retroceso del 17,1%.
  • En 2019 el aumento fue del 49,3%, y la inflación del 53,8%. Eso representa una pérdida del 2,9%.
  • En 2020 hubo una recuperación parcial: el aumento de los docentes fue del 40,8%, versus una inflación del 36,1%. Una mejora del 3,4%.
  • En 2021, el incremento fue del 50,6%, frente a una inflación del 50,9%. Una caída de 0,3 puntos. 
  • En 2022, el aumento fue del 84%, versus una inflación del 94,8%. Un retroceso del 5,5%.

Asimismo, en 2022 se aprobó modificar el ajuste semestral por uno trimestral, lo que ayudó a atenuar las pérdidas por la alta suba de precios.

Las Resoluciones del Ministerio de Trabajo especificaron que la decisión se tomó por «el actual contexto inflacionario, que determina que sea necesario otorgar la movilidad que les corresponde en paridad de condiciones temporales al resto de los y las beneficiarias previsionales».

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