18 de Diciembre
de 2025
Actualidad.

Ley de Emergencia en Discapacidad: el Gobierno apeló el fallo que lo obliga a cumplirla

18. 12. 2025

La apelación fue concedida pero la ley que financia los programas de discapacidad igual debería ser cumplida hasta que se resuelva la causa.

El Gobierno nacional anunció la apelación del fallo del juez federal de Campana Adrián González Charvay que hace menos de una semana declaró inválido el artículo del decreto presidencial que suspendió la vigencia de la Ley de Emergencia en Discapacidad, acusándolo de «discriminar» y orenando que la ley sea cumplida de inmediato en todo el país.

La decisión judicial del 12 de diciembre pasado fue apelada por la Procuración del Tesoro de la Nación por “causar agravio al Estado Nacional”. El escrito lleva la firma del procurador del Tesoro, Santiago Castro Videla, con el patrocinio letrado del subprocurador, Julio Comadira.

El juez le concedió al Gobierno la apelación «con efecto devolutivo”, lo que implica que el fallo apelado seguirá vigente mientras la Cámara Federal de San Martín revisa la causa. Además dio un plazo de cinco días al Estado para que fundamente su presentación.

La presentación ratifica una decisión política del Gobierno que ayer generó tensión en el Congreso: la oposición logró rechazar el capítulo del Presupuesto que incluía la derogación definitiva de la Ley de Emergencia en Discapacidad sancionada el año pasado por la oposición.

Discapacidad: qué dice el fallo

Ahora la Casa Rosada aspira a revertir en el Senado la anulación de ese artículo, y volver a insistir en Diputados con la redacción general del Presupuesto. En el peor de los casos, Javier Milei podría vetar su propio presupuesto en una movida sin precedentes pero que para este Gobierno no resulta descabellada.

discapacidad
Una de las tantas protestas del año por la Ley de emergencia en Discapacidad.

En cuanto al fallo, González Charvay declaró la invalidez del artículo 2 del decreto presidencial 681/2025, que había suspendido la ejecución de la Ley de Emergencia en Discapacidad argumentando falta de partidas presupuestarias asignadas a ese financiamiento.

El juez ordenó su “inmediata aplicación” y advirtió por una violación del sistema republicano ya que ese artículo vetó de hecho la ley, cuando el Presidente ya no estaba habilitado a hacerlo.

«Vendehumo»: Aguiar dijo que la ministra de Seguridad no podrá aplicar el protocolo Bullrich en Plaza de Mayo

González Charvay sostuvo que la cláusula suspensiva “resulta ser inválida a todos sus efectos, ya que violenta de manera objetiva y directa el mandato constitucional”, al subordinar una decisión del Congreso a una reglamentación de jerarquía inferior (el artículo 2 del decreto 681/2025).

El juez de Campana también objetó el argumento presupuestario y calificó esta justificación como engañosa, dado que la propia Ley de Emergencia faculta al jefe de Gabinete a reasignar partidas.

“Una clara discriminación”

El fallo advirtió que se trató de un “argumento falaz cuya falsía queda evidenciada en la simple lectura” del texto, que otorgaba las herramientas necesarias para cubrir los gastos.

Al evaluar los fundamentos del decreto impugnado y sus consecuencias en los hechos, el juez federal de Campana concluyó que la medida y sus resultados “no son otra cosa que un caso de clara discriminación a personas con discapacidad”, afectando también a niños y adultos mayores que sufren una doble vulnerabilidad.

González Charvay agregó que el Gobierno usó decretos para modificar el presupuesto en otras áreas, pero se negó a hacerlo en este caso. Según sentenció, aceptar la postura oficial implicaría validar un “uso parcializado y discriminado de recursos por parte del Poder Ejecutivo Nacional”, lo cual contradice las obligaciones asumidas por el Estado argentino.

La resolución judicial ahora apelada también ponderó la gravedad de la crisis que atraviesan las personas con discapacidad, sus familias y las instituciones prestadoras. El magistrado describió la situación actual como una “alarmante pérdida de poder adquisitivo” que “redunda en una merma en la calidad y la continuidad de todas las acciones destinadas a proteger, promover y restaurar la salud”.

La CTA de Yasky advirtió que el presupuesto que aprobó diputados vuelve a castigar a los jubilados y la educación

Este panorama, según se desprende del fallo, mantiene en una situación de vulnerabilidad extrema a quienes el Estado “está obligado a proteger” con mayor celo.

La chicana del presupuesto

La sentencia también invocó el principio de no regresividad en materia de derechos humanos, que prohíbe tomar medidas que disminuyan los niveles de protección ya alcanzados. El juez consideró que la suspensión de la norma provocaba, como resultado directo, un “deterioro progresivo de servicios y prestaciones a la salud”, afectando a un grupo social que requiere una tutela especial.

Finalmente, la Justicia desestimó el intento del Estado de presentar como solución la posible inclusión de fondos en el presupuesto del año 2026. González Charvay determinó que esa promesa futura no resolvía la emergencia actual y reafirmó que “se impone una protección reforzada y la adopción de acciones positivas” de manera inmediata para garantizar una respuesta a la emergencia del sector.

El propio Gobierno, por otro lado, confirmó que esa propuesta que había hecho al incumplir la ley -la de discutir la financiación dentro de Presupuesto 2026– no fue más que una puesta en escena, cuando el proyecto de presupuesto que mandó a la Cámara de Diputados incluyó un artículo que derogaba la Ley de Emergencia en Discapacidad.

Suscribite a nuestro newsletter
Te puede interesar

Hacé tu comentario

Por si acaso, tu email no se mostrará ;)

Últimas Noticias en Zonales