22 de Noviembre
de 2024
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Oficializan el reconocimiento de aportes jubilatorios a mujeres con hijos: cómo inscribirse

19. 07. 2021

La medida fue oficializada en el Boletín Oficial. Este nuevo programa permite mujeres de más de 60 años y que sean madres puedan acceder a una jubilación, sin necesidad de los 30 años de aportes.

A través del Decreto 475/2021 publicado en el Boletín Oficial, este lunes quedó oficializado el Programa de Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado, que permitirá a mujeres que tengan más de 60 años y que sean madres puedan acceder a una jubilación, sin necesidad de los 30 años de aportes.

Desde la ANSES, en tanto, detallaron que 155.000 mujeres están en condición de solicitar este reconocimiento de aportes a partir del 1 de agosto cuando el beneficio ya estará disponible.

La norma fue firmada por el presidente Alberto Fernández y su Gabinete y determinó a partir de ahora este grupo podrá computar “un año de servicio por cada hijo y/o hija que haya nacido con vida”, y de esta manera “acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la Prestación Básica Universal (PBU)”.

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Mientras que respecto a la adopción de menores de edad, el tiempo que se reconocerá será de dos años, a los cuales se les sumará otro año adicional si este niño o niña que sumó a su familia tiene un discapacidad.

Asimismo, otro de los beneficios de este nuevo programa es que, las personas que hayan accedido a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social por al menos 12 meses totales (continuos o discontinuos), computarán, además, otros 2 años adicionales de servicio por cada uno de ellos.

En el decreto también se determinó que “el período correspondiente a la licencia por maternidad establecida por las leyes de alcance nacional y Convenios Colectivos de Trabajo respectivos”, será reconocida para calcular “las Prestaciones de Retiro Transitorio por Invalidez o de la Pensión por Fallecimiento del afiliado o de la afiliada en actividad”.

Pero aclara que “los plazos de licencia por maternidad y de estado de excedencia se computarán para la mujer y/o persona gestante que haya retornado a la misma actividad que realizaba”. De no ser así, “los servicios se computarán como del régimen general”.

Quiénes pueden anotarse y cómo realizar el trámite para la jubilación

  • Mujeres en edad de jubilarse (con 60 años o más), que hayan sido madres y no cuenten con los 30 años de aportes obligatorios para acceder a una jubilación.

Para acceder se debe ingresar con el CUIL y Clave de la Seguridad Social a «Mi Anses» en su web y verificar si los vínculos familiares están actualizados en el sector de «Información Personal» y en «Relaciones Familiares».

«En el caso de que no figuren los datos de alguno de los hijos o hijas de esta persona deberán solicitar un turno para actualizar esa información y presentar el DNI y la partida de nacimiento de cada uno de los hijos o hijas que no figuren en el registro», aclaró Anses.

Es así que para obtener el beneficio, los deberán gestionarse por turno a través de la web de Anses (www.anses.gob.ar) que se habilitará esta semana, y una vez otorgado, acudir a la oficina que se le asigne con:

  • DNI;
  • la o las partidas de nacimiento de los hijos o hijas;
  • la sentencia de adopción si se trata de hijas o hijos adoptados;
  • y, si la titular tiene hijas e hijos con discapacidad, el Certificado de Discapacidad (CUD).

El trámite se puede realizar, como cualquier otra jubilación, a través de un apoderado.

En los considerandos, el Ejecutivo remarcó que “la situación de quien tiene el cuidado del niño y/o de la niña torna más complejo el acceso al mercado laboral y, en consecuencia, poder completar los requisitos que se exigen para el acceso a las prestaciones previsionales”.

En esta sintonía, destacaron que “la República Argentina ha atravesado, por lo menos en las pasadas cuatro décadas, ciclos recurrentes de contracción de su mercado de trabajo, transitando períodos de alta desocupación e informalidad laboral, situación que devino en evidentes dificultades estructurales para que las personas pudieran tener continuidad en sus trayectorias contributivas a la seguridad social”.

Por lo que puntualizaron que “las experiencias de inclusión previsional de los años 2005 y 2014″, cuando se aprobaron moratorias para aquellos jubilados que adeudaran aportes, “generaron un proceso virtuoso de extensión de este derecho que hoy sigue alcanzando a más de 3,6 millones” de adultos mayores.

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“Dichas medidas tuvieron un importantísimo efecto de género, toda vez que, según los registros de la Seguridad Social y hasta hoy en día, el 74% de las prestaciones que fueron obtenidas por moratoria corresponden a mujeres, dejando en evidencia la necesidad de implementar políticas con perspectiva de género para revertir las brechas en el acceso al derecho a la seguridad social”, precisaron.

E insistieron en que “el trabajo productivo y reproductivo representan un conjunto de acciones igualmente necesarias para el desarrollo de la vida cotidiana y el sostenimiento de las sociedades, pero que sin embargo no gozan del mismo reconocimiento”.

Es por eso que se consideró “conveniente adoptar medidas de justicia social orientadas a reparar parte de las desigualdades estructurales que sufren las mujeres a lo largo de su vida y que derivan, en gran medida, de la sobrecarga de las tareas de cuidado y de las inequidades del mercado de trabajo que se acumulan en el largo plazo”.

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