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de 2024
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La CGT y la UIA pactaron que trabajadores suspendidos por la pandemia cobrarán 75% del sueldo

27. 04. 2020

Las empresas forzadas a cerrar por el aislamiento obligatorio podrán suspender a sus trabajadores y rebajarles un 25 por ciento del sueldo, pero no habrá despidos. Rige para abril y mayo.

La Confederación General del Trabajo (CGT) y la Unión Industrial Argentina (UIA) firmaron hoy un acuerdo para aconsejar que los trabajadores suspendidos que no cumplan tareas cobren el 75% de su sueldo. El acuerdo fue elevado al Gobierno para su homologación.

Se trata de un convenio marco entre la UIA y la CGT que implica que se aconseja que se les garantice el 75% del salario a aquellos trabajadores que sean suspendidos y que por lo tanto no tengan que cumplir tareas.

La firma entre el sector gremial y la entidad que conduce Miguel Acevedo tuvo lugar esta tarde y posteriormente el acuerdo fue trasladado al ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y al titular de la cartera de Trabajo, Claudio Moroni.

El texto lleva las firmas de los secretarios generales de la CGT, Héctor Daer y Carlos Acuña; del titular de la Unión Obrera Metalúrgica, Antonio Caló y el secretario adjunto de la CGT, Andrés Rodríguez. Por el lado de la UIA, rubricó el acuerdo su presidente, Miguel Acevedo, y el vice, Daniel Funes de Rioja.

Allí señalan que «el monto que los empleadores deberán abonar como prestación no remunerativa o las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral en este marco no podrá ser inferior al 75% del salario neto que le hubiere correspondido al trabajador en caso de haber laborado».

Asimismo, detallan que sobre éste monto «deberán realizarse la totalidad de los aportes y contribuciones por la ley 23660 y 23661 y el pago de la cuota sindical».

De esta manera, buscan que aquellos acuerdos firmados entre empleados y empleadores que se encuentren dentro de las condiciones estipuladas – suspensión con pago del 75% o más – sean homologados en forma automática. «Solamente en esas condiciones o cuando se establezca un porcentual mayor, la autoridad de aplicación homologará en forma automática los acuerdos que se presenten», reza el documento.

En ese marco, fuentes de la central obrera afirmaron a NA que «no es una baja salarial», sino que se trata de una «percepción que cobrarán los trabajadores suspendidos, que tiene que ser superior al 75%».

«Es un piso para que los trabajadores suspendidos no cobren menos», resaltaron los gremialistas.

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