21 de Noviembre
de 2024
Actualidad.

Ministerio de Trabajo oficializó el nuevo sindicato de los trabajadores de la promoción

25. 02. 2023

Formalizó la inscripción del Sindicato Argentino de Trabajadores de la Promoción (SATPRO) y sigue la tendencia de agilizar los trámites de nuevas organizaciones.

Mediante la resolución 100/2023, el Ministerio de Trabajo oficializó un nuevo gremio al registro oficial de Asociaciones Sindicales, en cumplimiento a una decisión de la justicia laboral. Se trata del Sindicato Argentino de Trabajadores de la Promoción (SATPRO), que quedó autorizado oficialmente para actuar en el país.

La organización sindical fue habilitada para agrupar a los trabajadores que presten «servicios bajo relación de dependencia, desempeñándose como promotores de productos y servicios». De esta manera, la cartera que comanda Raquel «Kelly» Olmos mantiene su tendencia de dar cierta agilidad a los trámites de los nuevos gremios, que tuvo como punto máximo el cambio de personaría en el sector prensa.

La resolución de la cartera laboral da respuesta a un requerimiento de la Sala IX de la Justicia Laboral. El SATPRO fue inscripta como asociación gremial de primer grado con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ahora, los apoderados de la organización deberán presentar ante la autoridad de aplicación el estatuto aprobado y avanzar en la regularización de la situación institucional convocando a elecciones de la Comisión Directiva.

Batalla legal

La solicitud de inscripción gremial había sido cursada por el gremio en abril de 2015 y quedó en “stand by” hasta hoy que fue oficializada por Boletín Oficial. Al inicio del trámite administrativo, la cartera laboral presentó un recuerdo extraordinario donde se oponía a la incorporación del SATPRO al registro oficial por presentar un listado con apenas, en aquel momento, 88 afiliados.

Sobre este caso, en febrero de 2020, la Cámara Nacional del Trabajo reivindicó el derecho a la organización sindical “libre y democrática”, más allá de la cantidad de afiliados. En el fallo, la Sala IX de la Cámara había ponderado el derecho a la “organización sindical libre y democrática con la sola inscripción en un registro especial”, previsto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

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El tribunal recordó que el artículo 21 de la Ley 23.551 “establece los requisitos formales que debe contener la solicitud de inscripción gremial” y “no estipula cantidad alguna de afiliados, sino que sólo prevé la presentación de una lista” de los mismos.

Caso SIPREBA

La decisión del Ministerio de Trabajo de otorgar la personería gremial al Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SIPREBA), luego de realizar una compulsa con la Unión de Trabajadores de Prensa de la ciudad de Buenos Aires (UTPBA), generó cierta expectativa entre las entidades que esperan hace años resoluciones diversas de la cartera laboral.

Se estima que son 1.600 las organizaciones sindicales que esperan que se les entregue la simple inscripción, que las habilita a funcionar como gremios, u otras decisiones similares, que suelen tarde años o décadas hasta resolverse.

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Como pasa cuando hay cambios en la cúpula ministerial, la gestión de Olmos agilizó algunas cuestiones, pero se esperan más señales para saber si esto es una cuestión más bien aislada o si hay un cambio profundo en estas políticas.

El tema de la inscripción gremial permite firmar paritarias, un atributo de la Ley de Asociaciones Sindicales que recientemente fue ratificado por un fallo de la Corte Suprema de Justicia.

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