21 de Noviembre
de 2024
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Ley Ómnibus en porciones: vuelve al Congreso el proyecto para mandar a la cárcel a manifestantes

21. 03. 2024

Patricia Bullrich y Luis Petri relanzaron un proyecto que estaba en la Ley Ómnibus, e incluye multas millonarias y penas de hasta seis años de prisión, por lo cual podrían ser no excarcelables.

Con la clara idea de tratar de frenar la creciente protesta social, y no conforme con el ya polémico protocolo antipiquetes, ahora el Gobierno de Javier Milei vuelve a insistir con una idea que ya estuvo en la fallida Ley Ómnibus, de castigar con hasta seis años de cárcel y multas millonarias, de casi seis millones de pesos, a manifestantes y piqueteros.

Así lo anunciaron este mediodía los ministros Patricia Bullrich (Seguridad) y Luis Petri (Defensa), quienes en conferencia de prensa presentaron un paquete de leyes que incluye esta normativa que apunta también contra los organizadores de las protestas y contra quienes produzcan bloqueos, y que ya estaba incluida en la caída Ley Ómnibus.

Por otra parte, y en relación con la violencia narco que golpea la ciudad de Rosario, se informó que también se buscará cambiar la Ley de Seguridad Interior, con el objetivo de modificar el rol de las Fuerzas Armadas, para que «puedan realizar operaciones que permitan devolverle la tranquilidad y la paz a los rosarinos».

De la Ley Ómnibus a este proyecto

Sin dudas, la polémica del día tiene que ver con la intención de modificar el artículo 194 del Código Penal, para poder condenar a una pena de uno a tres años y seis meses de prisión, a quienes «impidan, estorben o entorpezcan el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas».

Los tres años y seis meses no son un dato antojadizo. Es que cualquier pena de más de tres años deja de ser excarcelable y debe tener cumplimiento efectivo. La ley actual que Bullrich y Petri quieren modificar ya establece penas, pero el máximo es dos años, por lo cual pueden tener cumplimiento condicional.

Ley Ómnibus, Patricia Bullrich
Como decía la Ley Ómnibus, quieren exigir un permiso previo para cualquier manifestación.

Además, se plantea que si el acto se hace «portando un arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas, la pena será de dos a cuatro años de prisión, siempre que no constituyere un delito más severamente penado».

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Asimismo, se buscará crear la figura penal para «quienes dirijan, organicen o coordinen una reunión o manifestación que impidiere, estorbare o entorpeciere la circulación o el transporte público o privado o que causare lesiones a las personas o daños a la propiedad», los cuales «serán reprimidos con prisión de dos a cinco años, estén o no presentes en la manifestación o acampe».

La pena máxima: seis años

Las penas siguen aumentando y llegan hasta 6 años si se lleva adelante «mediante intimidación, simulando autoridad pública o falsa orden de la autoridad, bajo promesa de remuneración o bajo amenaza de quita o de asignación de un beneficio, plan, subsidio de cualquier índole, obliguen a otro a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta».

Por otra parte, también se indica que los organizadores «serán solidariamente responsables por los daños que los manifestantes ocasionaren a terceros o bienes de dominio público o privado» durante la protesta.

Las millonarias multas

De igual manera, si durante la movilización se corta el tránsito o participan «menores sin la correspondiente compañía» de sus tutores, les aplicarán multas por hasta veinte mil unidades fijas, lo que equivale actualmente a $5.802.000.

En el artículo 333 del proyecto se remarca que «toda reunión o manifestación deberá ser notificada fehacientemente ante el Ministerio de Seguridad de la Nación, con una antelación no menor de 48 horas».

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Allí se deberá informar «las características de la manifestación, los datos de la persona humana o jurídica que la organiza, detallando nombres propios y datos personales de sus organizadores, delegados o autoridades, independientemente de que participen o no de la reunión o manifestación; el objeto y finalidad, la ubicación y recorrido, tiempo de duración y cantidad estimada de convocados».

Por último, se cambia el delito de resistencia a la autoridad para remarcar que habrá castigos «con prisión de uno a tres años y seis meses» para «el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, mientras estuviere cumpliendo sus funciones».

Si el proyecto avanza en el Congreso, y si va en sintonía con el presentado en la Ley Ómnibus, la pena podría endurecerse a un mínimo de cuatro y un máximo de seis años si el hecho se cometiere a mano armada o por una reunión de más de tres personas, o si el autor fuere funcionario público o pusiere manos en la autoridad.

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