Judiciales bonaerenses destacan la puesta en marcha de un registro de ingreso para personas trans
La Corte Suprema de Justicia puso en marco el “Registro de aspirantes a ingresar al Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires”, que permite a personas trans, travestis y transgénero ingresar a los departamentos judiciales.
Casi al mismo tiempo que el Congreso nacional convertía en ley el llamado cupo trans, la Suprema Corte de Justicia oficializó el denominado “Registro de aspirantes a ingresar al Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires”, en el marco de la ley 14783, por medio del cual podrán inscribirse personas travestis, transexuales y transgénero. La decisión fue considerada “una conquista histórica”, como festejada por la Asociación Judicial Bonaerense (AJB).
Mediante la Resolución 920/21 el máximo tribunal de la provincia de Buenos Aires dispuso que en el Registro podrán inscribirse las personas travestis, transexuales y transgénero con interés de incorporarse y que reúnan las condiciones de idoneidad requeridas para el cargo.
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En un comunicado, el sindicato expuso que la reglamentación «constituye una conquista enorme del colectivo travesti trans, del movimiento transfeminista y AJB, que desde hace años ha levantado esta bandera y ha exigido su implementación».
Recordaron que en el año 2018 el sindicato presentó un proyecto de regulación que establecía como piso el cupo del 1 por ciento que establece la ley y otras propuestas tendientes a garantizar la inclusión laboral travesti trans «con la adopción de medidas positivas puntuales para evitar la discriminación, tales como la no exigencia de antecedentes penales, ni estudios formales completos».
Un gran logro
«En el año 2019, la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT) acompañó el proyecto con una presentación a la Suprema Corte, en la que se reclamaba la incorporación del cupo y la inclusión travesti trans, destacando la lucha de la AJB y poniendo especial énfasis en la voluntad política del sindicato en la promoción de acciones para la inclusión del colectivo trans en el mundo laboral», apuntaron.
“Este es un gran logro del sindicato, y en particular de la Secretaría de Géneros, que desde hace años ha tomado con fuerza esta demanda y ha incluido el reclamo en cada lucha llevada adelante por el sindicato en materia de género”, señaló Débora Bertone, secretaria de Géneros e Igualdad de Oportunidades de la AJB.
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“La inserción al mercado laboral de las personas trans es una deuda del Estado que necesitaba una respuesta urgente por parte del Poder Judicial. Una comunidad muy castigada por la imposibilidad de acceso a un trabajo formal y la consecuente negación de derechos fundamentales como la vivienda, la salud y la educación, con un promedio de vida muy bajo, que en la actualidad se mantiene en los 35 años”, agregó.
Ley nacional
La decisión en la justicia de la provincia de Buenos Aires se dio en el marco de la aprobación de la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero, que obtuvo media sanción en la cámara de Diputados y pasa a la cámara de Senadores.
El proyecto fue bautizado “Diana Sacayán-Lohana Berkins” en honor a quienes fueran las principales mentoras e impulsoras de estos cambios normativos que se traducen en mejores condiciones de vida para la comunidad trans/travesti.
El proyecto se complementa con el DNU 721/20 que firmó el presidente Alberto Fernández en septiembre del 2020 y que estableció el cupo laboral trans/travesti en el sector público –del cual el INADI es organismo de implementación- y plantea que “el Estado nacional, comprendiendo los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado, debe ocupar en una proporción no inferior al 1 por ciento de la totalidad de su personal con personas travestis, transexuales y transgénero”.
De esta manera, el proyecto aprobado “pretende ser una herramienta más para trabajar en la igualdad real para la comunidad trans/travesti. La exclusión del mundo laboral, la discriminación y la violencia estructural que sufren desde hace décadas comienzan a ser saldadas a través de esta Ley, no solo mediante el porcentaje mínimo de contratos y puestos sino a través de otros abordajes integrales y complementarios que incluye el expediente”.
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