Desde Unidad Ciudadana se apunta a derogar el artículo 68 del Código de Faltas de la provincia de Buenos Aires aprobado en 1973. La norma atenta contra las trabajadoras sexuales y agrava situaciones de violencia institucional.
Desde el bloque de diputados bonaerenses de Unidad Ciudadana se lanzó un proyecto de ley que apunta a generar una modificación en el artículo 68 del Código de Faltas bonaerenses. La normativa, impulsada por la pilarense Lucía Portos, apunta a acabar con la persecución y penalización de las trabajadoras sexuales en el territorio bonaerense.
En ese marco, cabe destacar que, conforme a lo señalado por la autora del proyecto “el artículo 68 criminaliza y persigue a las trabajadoras sexuales e identidades diversas y representa un peligro para los derechos humanos”. De esa manera, explicó que “le da poder discrecional a los agentes policiales, lo que incrementa situaciones de grave violencia institucional contra la población”.
En tanto, el mismo decreto que se busca modificar “deja abierta la posible detención y multa a personas integrantes del colectivo LGBTIQ, lo que viola leyes nacionales que garantizan los derechos del colectivo”.
En definitiva, el decreto bonaerense 8031/1973, que se encuentra vigente, establece penas de arresto y multas contra homosexuales y trabajadoras sexuales.
“A la luz de los compromisos asumidos por el Estado Nacional y el debido respeto y la no discriminación que merecen todas las personas sin importar su orientación sexual o su ocupación, nos parece fundamental eliminar esta contravención de nuestro ordenamiento jurídico”, sostiene el texto del proyecto.
La normativa se apoya en la primera audiencia sobre los derechos de las trabajadoras sexuales en América realizada en 2017 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Allí, se indicó que 7 de cada 10 mujeres trabajadoras sexuales fueron víctimas de violencia en el último año. “Casi 9 de cada 10 de estas mujeres identificó que sus agresores eran policías, fuerzas armadas, agentes de migración y funcionarios de justicia. En la mayoría de los casos se trató de violencia institucional”, disparó la investigación, al tiempo que sostuvo que 8 de cada 10 trabajadoras sexuales no hacen denuncias.
El mismo informe manifiesta que la mayoría de los países “no realiza una clara distinción entre la trata de personas y el trabajo autónomo, y generan distintas formas de intervención policial, judicial y administrativa que redundan en una criminalización del trabajo sexual y termina afectando gravemente los derechos humanos de las mujeres que realizan esta actividad por decisión propia”.
“En Argentina el Trabajo Sexual no es ilegal, sin embargo, en los lugares donde se ejerce es penalizado. En 19 provincias continúan vigentes artículos contravencionales, como el de la provincia de Buenos Aires, que llevan presas hasta por 30 días a las trabajadoras sexuales que ejercen en la vía pública”, señala la normativa que busca derogar el decreto que data de 1973.
Por último, el proyecto de Portos manifiesta que el decreto vigente “no contribuye en absoluto en la lucha contra la trata sexual de personas, y menoscaba los derechos humanos de mujeres mayores de 18 años que ejercen el trabajo sexual consentido”.