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Así se aplicará la nueva ley de movilidad jubilatoria promulgada por el Gobierno
04. 01. 2021
La norma en el Boletín Oficial. Los montos se actualizarán cada tres meses.
Se publicó en el Boletín Oficial la promulgación de la ley de movilidad jubilatoria que el presidente Alberto Fernández oficializó este domingo en un acto en la localidad bonaerense de Chapadmalal.
La entrada en vigencia de la norma implica un cambio en el modo en que se actualizan los haberes de los jubilados, a partir del mes de marzo.
“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.609, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 29 de diciembre de 2020”, dice el decreto que acompaña la norma.
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