28 de Mayo
de 2025
Actualidad.

El Garrahan también fue a la Justicia contra el DNU que prohíbe las huelgas

26. 05. 2025

El de los trabajadores del Hospital Garrahan es el segundo amparo, tras el que presentó ATE. Los dos plantean la inconstitucionalidad del DNU craneado por Federico Sturzeneggger.

La Asociación de Profesionales y Técnicos del Hospital Garrahan (APyT) presentó un recurso de amparo en la Justicia contra el DNU 340/25 que, detrás de una disposición referida a la Marina Mercante, esconde un articulado que restringe fuertemente el derecho a huelga al punto de prácticamente impedir que se lleve a cabo una medida de este tipo en la Argentina.

De este modo, la APyT siguió los pasos de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) de Rodolfo Aguiar, que ya había dado a conocer una acción semejante.

El planteo jurídico del personal de salud apunta a que la medida del gobierno de Javier Milei va en contra de un derecho constitucional. Y se da en el marco de un conflicto en el Hospital Garrahan que ya lleva más de un año y amenaza con profundizarse esta semana con médicos residentes de paro y médicos de planta que alertan que no se pueden garantizar las prestaciones normales.

Los argumentos del Garrahan

Norma Lezana, secretaria general de la APyT dio detalles de la presentación: “Nuestro equipo legal preparó un amparo judicial contra el DNU del gobierno nacional que cercena ilegalmente el derecho a huelga. Lo que hay que decir es que si el gobierno de Milei y Lugones están preocupados por garantizar la salud de nuestros pacientes, que atiendan el reclamo que les venimos haciendo desde hace un año y medio”.

Luego, precisó: “Necesitamos presupuesto, para funcionamiento, para salarios, para frenar el éxodo de profesionales que son centenares y que son irremplazables. Es una hipocresía completa de autoritarios, dictadores, violadores seriales de los derechos democráticos más básicos: no se lo vamos a permitir”.

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“Presentamos este amparo pero además estamos evaluando acciones judiciales dirigidas a las autoridades del Ministerio y el Consejo de Administración del Hospital que son los responsables de descalabro que estamos denunciando», indicó Lezana.

Garrahan, Hospital Garrahan
Trabajadores del Garrahan presentaron un amparo contra el DNU de Sturzenegger.

«A la vez, anticipamos que la semana que viene no está garantizado el normal funcionamiento del hospital, ya que habrá paro de residentes por 96 horas y apoyo total del resto del equipo de salud”, agregó.

“Están desmantelando el Garrahan, lo quieren degradar, porque no les importa la salud de los chicos con problemáticas de alta complejidad. El grado de crueldad e insensibilidad humana de esta gestión nunca se vio”, completó.

El amparo de ATE

El viernes, ATE fue a la Justicia para frenar el decreto. El recurso de amparo recayó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 20.

En el documento que ofreció ATE se argumenta «la afectación ilegal, arbitraria y manifiesta del derecho de huelga, al principio de progresividad y al de libertad sindical».

El sindicato además solicitó que se dicte una medida cautelar para que se suspendan los efectos del decreto y no tenga vigencia mientras dure el proceso judicial.

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“Estamos frente a una inconstitucionalidad manifiesta. El derecho de huelga es nuestro derecho más importante. Si nos lo quitan, a los trabajadores no nos queda nada. Este decreto se lo escribieron al Presidente las multinacionales y los grandes grupos empresarios del país. Tenemos que atacarlo en la Justicia y en la calle”, expuso el secretario general del gremio, Rodolfo Aguiar.

El DNU 340/25 modifica el artículo 24 de la Ley 25.877, ampliando los servicios considerados “esenciales”. Aquellos que estén contemplados en esta categoría deben garantizar un 75% de la prestación durante las huelgas, dejando así sin efecto las medidas de fuerza.

Hasta antes de la publicación del decreto, se consideraba esencial aquel servicio cuya interrupción pudiera poner en peligro la salud, vida o seguridad de la población, siguiendo los lineamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), pero el gobierno extendió a una larguísima lista los servicios incluidos, sin fundamentar los motivos.

Además, una cláusula del DNU incluye entre los servicios «esenciales» o «trascendentales» aquellos cuya interrupción puede afectar las cuentas fiscales. Y lo hace sin precisar, tampoco, de qué manera, de modo tal que, de manera discrecional, el Gobierno podría considerar prácticamente cualquier actividad dentro de este conjunto.

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