19 de Abril
de 2024
Servicios Sociales.

Todo lo que hay que saber sobre el seguro de vida para afiliados de UTHGRA

22. 05. 2015

El afiliado titular y sus familiares directos están asegurados por el gremio, desde el 1 de marzo de este año, por una suma igual a $36.000. Este monto es recibido por los beneficiarios del seguro dentro de los 15 días de iniciado el expediente en la seccional que corresponda.

Todo trabajador afiliado a la Unión de Trabajadores del Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (UTHGRA) cuenta con dos seguros que lo protegen, junto a su grupo familiar (*), ante un fallecimiento. Estos seguros son:

Seguro de vida: el afiliado titular y sus familiares directos están asegurados por el gremio, desde el 1 de marzo de este año, por una suma igual a $36.000. Este monto es recibido por los beneficiarios del seguro dentro de los 15 días de iniciado el expediente en la seccional que corresponda. El plazo para presentar la documentación es de 3 años a partir de la fecha de fallecimiento.

Seguro de sepelio: el afiliado titular y sus familiares directos reciben, en caso de fallecimiento, un servicio gratuito de sepelio que consiste en sala velatoria; féretro; traslado al cementerio en coche fúnebre, un coche corona y dos coches acompañantes; trámites gratuitos en el Registro Civil y en la Municipalidad de la zona; traslado en ambulancia, si correspondiera, hasta la cochería, por un recorrido máximo de 30 km; y reintegro de hasta $13.090, a partir del 1º de Marzo de 2015. No incluye cremación.

El servicio de sepelio será brindado mediante las empresas funerarias que se encuentren adheridas a la compañía aseguradora. Para mayor información comunicarse al (0800) 666-1575, Centro de Orientación al Afiliado (COA), que funciona las 24 horas.

En caso de que el beneficiario haga uso del servicio de sepelio cubierto por otra obra social, sindical o similar que lo brinde, se procederá al reintegro de dicho servicio presentando la factura detallada, el cual no podrá exceder la suma establecida. Este trámite debe ser gestionado por el trabajador o sus familiares directos en la seccional que corresponda. El plazo para presentar la documentación es de 1 año a partir de la fecha de fallecimiento.

(*) Se entiende por grupo familiar a familiares directos, al cónyuge, hijos solteros menores de 21 años, hijos estudiantes hasta 25 años y padres del trabajador a cargo de éste. Los hijos tendrán cobertura a partir del primer mes de vida.

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  1. JUAN MANUEL NAVARRO

    quisiera hacer una pregunta cuanto tiempo tengo para reclamar el seguro de vida de mi padre fallecido en vida socio de la union ferroviaria

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