28 de Marzo
de 2024
Actualidad. Informes Especiales.

La CTA Autónoma alerta que las multas a gremios son parte de una estrategia de “descrédito y persecución”

05. 08. 2018

Un informe del Observatorio del Derecho Social de esa central obrera analiza las sanciones a Camioneros y SUTEBA, y afirma que si bien pueden ser legales, exceden la “proporcionalidad y razonabilidad” de las normas. Por eso, concluye que se trata de un caso de “ejercicio abusivo del poder sancionador”. Los gremios rechazaron las medidas y afirman que “tratan de callarnos”.

Diego Lanese / Especial para Gestión Sindical

Primero fue el turno de la Federación de Camioneros. Luego, los docentes bonaerenses de SUTEBA. Los dos casos ocurrieron con pocos días de diferencia, y las multas aplicadas son millonarias, de entre 600 y 800 millones de pesos. La actitud del gobierno nacional de sancionar a los gremios más rebeldes generó alarma y preocupación en todo el movimiento obrero, que acusa al Ministerio de Trabajo de intentar amedrentar a los sindicatos, en especial aquellos que enfrentan la política oficial. En el marco de conflictos cada vez más extendidos, la aplicación de duras sanciones a los gremios parece ser una respuesta que más que lograr un diálogo efectivo, tensa aún más la situación. Para la CTA Autónoma, este tipo de medidas es parte de “una estrategia de descrédito y persecución”, y asegura que si bien los argumentos legales pueden ser válidos, las sanciones “son abusivas”.

Así lo describe un informe de su Observatorio del Derecho Social, que analiza las leyes vigentes, y recuerda que incluso al Organización Internacional del Trabajo (OIT) asegura que las multas abusivas tienen “un carácter intimidatorio”. Los gremios sancionados aseguran que no cesarán en sus reclamos, y esperan que la justicia rechace los argumentos en los que se basan las duras sanciones aplicadas.

Hace unos días, el gremio de camioneros fue sancionado con una multa 809.790.710 pesos, una sanción que sale de multiplicar 4.430 pesos por cada uno de los 182.797 trabajadores afiliados. La medida se tomó porque aparentemente el gremio no cumplió la conciliación obligatoria en diciembre de 2017, por lo que se inició un expediente y se aplicó la sanción. Esta semana fue el turno de SUTEBA, el gremio mayoritario de los docentes de la provincia de Buenos Aires, que paró lunes y martes pese a la conciliación obligatoria dictada por Trabajo. El argumento del sindicato que comanda Roberto Baradel fue que el paro se hizo no por el conflicto provincial sino por el nacional, y que incluyó otras cuatro provincias, convocado por su confederación nacional, CTERA. A los maestros la multa aplicada fue de 659 millones de pesos. En ambos casos, la postura crítica hacia la política del oficialismo parece un denominador común.

Por eso, la CTA Autónoma a través de su Observatorio del Derecho Social analizó los expedientes y las leyes vigentes y concluyó que las sanciones “se inscriben dentro de una estrategia de descrédito y persecución contra los sindicatos que ha desplegado el oficialismo desde que asumiera el poder político”.

El informe “Sobre las multas a los sindicatos y el ejercicio abusivo del poder sancionador” fue elaborado por el abogado Javier Fernando Izaguirre, integrante del observatorio. El especialista recordó que “el uso indiscriminado de las facultades de intervención, control y sanción por parte del Ministerio de Trabajo se ha tornado en uno de los ejes de esa estrategia”. “Por lo tanto, agregó el trabajo al que tuvo acceso Gestión Sindical, “resulta oportuno analizar críticamente tanto la juridicidad de las facultades sancionatorias de la autoridad de administrativa del trabajo, como la correcta aplicación legal en los casos concretos en los que se sanciona a los sindicatos”. Para el observatorio, “la potestad sancionatoria del Estado debe ser ejercida por las autoridades de gobierno de forma prudente y con estricto apego a las pautas de actuación que fija la Constitución Nacional. Y mucho más si se trata de sancionar conductas asociadas a derechos fundamentales que operan en contextos de conflictos colectivos de trabajo”. El informe recordó que “la Constitución Nacional protege la libertad sindical tanto en su faz estática, por ejemplo, el derecho de asociación, como en su faz dinámica, es decir el derecho de huelga y demás acciones gremiales”. “Por lo tanto, a la hora de analizar los hechos y de calibrar la medida de la sanción a un sindicato, el Ministerio de Trabajo debe considerar obligatoriamente los derechos comprometidos y a partir de allí ponderar la racionalidad del acto”, agregó.

Uno de los temas analizados en el trabajo es el valor de la multa. Más allá que el proceso iniciado por el Ministerio de Trabajo, en el caso de camioneros, esté bajo las normas establecidas por la ley 18.695, lo que queda en discusión es la “proporcionalidad y razonabilidad” de la sanción. En este sentido, la entidad recordó que el criterio al que recurrió el Comité de Libertad Sindical de la OIT cuando sostuvo que “las multas que equivalen a un monto máximo de 500 ó mil salarios mínimos por día de huelga abusiva son susceptibles de tener un efecto intimidatorio sobre los sindicatos e inhibir sus acciones sindicales reivindicativas legítimas, y más aún cuando la cancelación de la multa se halla subordinada a la no realización de una nueva huelga que sea considerada abusiva”.

“El criterio de proporcionalidad se conecta con el principio de razonabilidad consagrado en el artículo 28 de la Constitución Nacional cuando indica que los derechos no pueden ser alterados por las leyes que reglamentan su ejercicio. Estas es una regla sustancial del comportamiento del Estado que no se limita a las leyes formales, ya que se extiende también a las leyes en sentido material y a los actos administrativos”, remarcó el observatorio.

De esta forma, el estudio apoya las críticas realizadas por diversos dirigentes sindicales a las duras sanciones aplicadas a estos gremios, que incluyen el pedido de congelamiento de las cuentas que se hizo a camioneros, que apeló la medida disciplinaria. “No hace más que ratificar que la multa busca silenciar a nuestros dirigentes”, dijo una fuente del gremio consultada por Gestión Sindical. La figura de Hugo Moyano y su hijo Pablo son referencia de los sindicatos que enfrentan al gobierno, y en Camioneros creen que ahí está la razón de la sanción. “Vienen por los ahorros del gremio además”, agregó la fuente, que reconoció que el sindicato tiene fondos “por más de 30 millones de pesos, con los que hacemos trabajo social y gremial”. En este sentido, desde hace un tiempo que se investiga a Moyano y su entorno por lavado de dinero, en especial en el manejo del Club Independiente de Avellaneda, donde el dirigente es presidente. “Cuando te enfrentas a un gobierno te buscan todo, ya lo hizo el kirchnerismo cuando nos multó e inventaron una denuncia en Suiza. La política siempre se incomoda con un sindicato combativo”, finalizó la fuente.

En tanto, desde SUTEBA tuvieron un planteo similar. “La actitud que está tomando el ministerio de Trabajo, tanto en el plano nacional como provincial, es de generar una intimidación a los trabajadores, lo están haciendo con otros gremios, como Camioneros”, le dijo a Gestión Sindical Raúl Calamante, secretario de organización del gremio. En este sentido, subrayó que el gobierno utiliza “una herramienta que debe ser totalmente parcial como el ministerio, que debe garantizar que la discusión entre la patronal y los trabajadores, se pueda dirimir, hoy es un brazo ejecutor de los aprietes”. Para Calamante “se está desvirtuando el rol del ministerio, que en la actividad privada en vez de tomar partida por el sector más débil, los trabajadores, aconseja como despedir”. A la multa se suma una auditoría que generó a unos 100 gremios, y que alertó sobre supuestas irregularidades en el padrón de afiliados.

Suscribite a nuestro newsletter
Te puede interesar

Hacé tu comentario

Por si acaso, tu email no se mostrará ;)

Últimas Noticias en Zonales